Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2019 (25/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Martes 25 de junio de 2019 /

El Peruano

los Juzgados que tendrán el turno abierto, a fin de evitar congestión y retrasos en la calificación y admisión de las mismas, consiguientemente, se estima conveniente y necesario que este lapso de días de cierre de turno se ejecute de manera alternada y gradual, debiendo realizarse un seguimiento y monitoreo constante del volumen de ingresos para que estos Juzgados no excedan el promedio de la carga en trámite de sus demás pares especializados. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012, modificada mediante la Resolución Administrativa N° 338-2014-CE-PJ de fecha 01 de octubre de 2014; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, con relación al cierre de turno dispuesto mediante la Resolución Administrativa N° 318-2019-P-CSJLI, lo siguiente: · El cierre de turno total de diez (10) días del 1° al 22° Juzgado de Trabajo Permanente de la Nueva Ley Procesal de Trabajo se deberá ejecutar gradualmente en fases, que dependerán de la evaluación constante de la carga procesal. · Como primera fase, se debe mantener el cierre de turno por un plazo de hasta tres (3) días hábiles continuos, procediéndose a la apertura del mismo al vencimiento de este primer lapso. · La Secretaría del Equipo Técnico de Implementación Distrital de la Nueva Ley Procesal de Trabajo deberá informar cada semana a partir del día siguiente de cada reapertura de turno, a esta Presidencia y a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo respecto de las cantidades de procesos pendientes de calificar y de la carga procesal en trámite de todos los Juzgados del Módulo Laboral de Lima y, dependiendo de esta información, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo comunicará a la Unidad de Servicios Judiciales para proceder nuevamente a cerrar y abrir el turno del 1° al 22° Juzgado de Trabajo, hasta alcanzar los diez (10) días dispuestos por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, de la Gerencia General y de la Gerencia de Administración Distrital para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1782191-1

Titular integrante de la referida Sala, se encuentra con descanso medico del 24 al 28 de junio del presente año. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de los diversos órganos jurisdiccionales, proceder a la designación de los magistrados conforme corresponda; situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor JAIME DAVID ABANTO TORRES, Juez Titular del 1° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Tercera Sala Civil Permanente de Lima, a partir del día 25 de junio del presente año y mientras dure la licencia por salud de la doctora Romero Zumaeta, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Tercera Sala Civil Permanente Dr. Arnaldo Rivera Quispe Dr. Cesar Augusto Solís Macedo Dr. Jaime David Abanto Torres Presidente (T) (P)

Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1782193-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nulidad de acto de notificación y requieren al alcalde y miembros del Concejo Provincial de Tarma, departamento de Junín, para que cumplan con notificar el Acuerdo de Concejo N° 061-2019-CMT
RESOLUCIÓN N° 0072-2019-JNE Expediente N° JNE.2019000137 TARMA - JUNÍN CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, dieciocho de junio de dos mil diecinueve VISTOS el escrito, de fecha 6 de junio de 2019, presentado por Roberto López García, y el Oficio

Establecen conformación de la Tercera Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 333-2019-P-CSJLI/PJ Lima, 24 de junio del 2019 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante llamada telefónica el doctor Arnaldo Rivera Quispe, Presidente de la 3° Sala Civil de Lima, comunico que la doctora Rocío del Pilar Romero Zumaeta, Juez Superior

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