Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2019 (25/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Martes 25 de junio de 2019 /

El Peruano

Quevedo De la Cruz, a partir del 25 de junio de 2019, en el cargo de confianza de Gerente General, bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, que modifica el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios; De conformidad con lo establecido en la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, Decreto Legislativo Nº 147, literal j) del artículo 33º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; Con el visto de la Jefa de la Oficina de Secretaría General, del Jefe (e) del Departamento de Recursos Humanos, del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas y de la Asesora Legal (e); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia al cargo de Gerenta General, cargo de confianza, de la Ing. Anabel Sofía Reaño Málaga de Rospigliosi, dando por extinguido el Contrato Administrativo de Servicios celebrado en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, que modifica el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, siendo el último día laborable el 24 de junio de 2019; debiendo efectuar la entrega de cargo respectiva, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al Ing. Isaías Quevedo De la Cruz, a partir del 25 de junio de 2019, en el cargo de confianza de Gerente General, bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, que modifica el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de la Secretaría General del SENCICO, se encargue de notificar la presente resolución a quienes corresponda. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas, que a través del Departamento de Informática, publique la presente resolución en el portal institucional del SENCICO. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA VICTORIA TORRE CARRILLO Presidenta Ejecutiva 1782023-2

UAJ de fecha 06 de junio del 2019, elaborado por la Unidad de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de la Ley Nº 27943 ­ Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN) crea la Autoridad Portuaria Nacional (APN), como Organismo Técnico Especializado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y financiera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, el literal j) del artículo 24 de la LSPN señala que la APN tiene la atribución de normar en lo técnico, operativo y administrativo, lo relativo al ingreso, permanencia y salida de las naves y de la carga en los puertos sujetos al ámbito de su competencia, lo pertinente la apertura y cierre de los puertos, remolcaje, recepción y despacho, seguridad del puerto y de las naves, así como establecer las normas para mejorar la calidad total del Sistema Portuario Nacional y la seguridad internacional de los puertos y para el cumplimiento de las normas nacionales e internacionales en esta materia, respectivamente; Que, el artículo 100 del Reglamento de la LSPN, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2004-MTC (RLSPN), establece que la APN, por delegación de facultades del MTC, cuenta con facultades normativas y reglamentarias en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 0023-2019-APN-DIR de fecha 14 de marzo del 2019 se aprueba el proyecto de norma técnica y se dispone que la Unidad de Relaciones Institucionales de la APN efectúe la publicación del proyecto de Resolución de Acuerdo de Directorio a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de la ciudadanía general, durante el plazo de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Informe N° 0027-2019-APN-DOMA de fecha 29 de mayo del 2019, la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente, desarrolla los comentarios que se han manifestado ha consecuencia de la primera publicación realizada el 29 de marzo del 2019 en el Diario Oficial El Peruano y recomienda aprobar mediante Resolución de Acuerdo de Directorio la norma técnica, previa opinión legal correspondiente; Que, mediante Informe Legal N° 278-2019-APN-UAJ de fecha 06 de junio del 2019, la Unidad de Asesoría Jurídica concluye que considera legalmente viable la aprobación de la norma técnica que establece los lineamientos mínimos para la prestación de los servicios portuarios de amarre, desamarre, estiba, desestiba, embarque y descarga en un terminal portuario monoboya y recomienda a la Gerencia General elevar a Directorio la mencionada norma. Que, en la Sesión N° 494 del 11 de junio de 2019, el Directorio de la APN se acordó la aprobación del proyecto "Norma Técnica que establece los lineamientos mínimos para las operaciones con hidrocarburos en un Terminal Portuario Monoboya", disponiendo su publicación en el Diario Oficial El Peruano; Que, de conformidad con el artículo 7 numeral 19 del ROF, es atribución y función del Directorio aprobar y modificar otros documentos técnicos normativos de gestión institucional, propuestos por el Gerente General de la APN; Que, de acuerdo con la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado con Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL
Aprueban Norma Técnica que establece los lineamientos mínimos para la prestación de los servicios portuarios de amarre, desamarre, estiba, desestiba, embarque y descarga en un terminal portuario monoboya
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 054-2019-APN/DIR Callao, 19 de junio de 2019 VISTOS: El Informe N°0027-2019-APN-DOMA de fecha 29 de mayo del 2019 elaborada por la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente y el Informe Legal N° 278-2019-APN-

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica que establece los lineamientos mínimos para la prestación de los

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