TEXTO PAGINA: 59
59 NORMAS LEGALES Martes 5 de marzo de 2019 El Peruano / 5. Con fecha 4 de junio de 2018 (fojas 9), César Augusto Salazar Carpio, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante acuerdo en la Sesión de Concejo Nº 21, de fecha 17 de julio de 2018 (fojas 5 a 8), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar a la regidora Agueda Nelly Hernández Cullavino, identi fi cada con DNI Nº 21511349, para que asuma provisionalmente por encargatura las funciones de alcaldesa, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular 1. 7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Teodoro Curo Quispe, identi fi cado con DNI Nº 80211037, candidato no proclamado de la organización política Partido Aprista Peruano, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a César Augusto Salazar Carpio, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago, provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Agueda Nelly Hernández Cullavino, identi fi cada con DNI Nº 21511349, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Santiago, provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Teodoro Curo Quispe, identi fi cado con DNI Nº 80211037, con el fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Santiago, provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1 El teniente alcalde Nicolás Ismael Chacaliaza Fernández solicitó licencia sin goce de haber para participar en las Elecciones Municipales 2018, la cual fue concedida mediante acuerdo en la Sesión de Concejo Nº 17, de fecha 12 de junio de 2018, tal como consta en los actuados del Expediente Nº J-2018-00626. 1746303-5Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 3043-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00820 ASIA - CAÑETE - LIMACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLICENCIA Lima, diecinueve de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el O fi cio Nº 013-2018-SC/MDA presentado, el 7 de setiembre de 2018, por Jaime Mateo Tenemás, secretario general de la Municipalidad Distrital de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima, mediante el cual se comunica que el alcalde Marcelo Ávalos Aburto ha solicitado licencia sin goce de haber. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que desean ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente hábil (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 15 de junio de 2018 (fojas 7), Marcelo Ávalos Aburto, alcalde de la Municipalidad Distrital de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima, presentó solicitud de licencia sin goce de haber, siendo esta aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 020-2018-MDA, de fecha 28 de junio de 2018 (fojas 4 y 5), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al primer regidor Roberto Carlos Chumpitaz Napán, identi fi cado con DNI Nº 41727571, para que asuma, provisionalmente, las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta pertinente convocar a Daniel Higinio Acuña Malásquez, identi fi cado con DNI Nº 40953181, candidato no proclamado de la organización política Partido Democrático Somos Perú, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Cañete, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014.