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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2019 (05/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Martes 5 de marzo de 2019 El Peruano / sido designado para dicho efecto para que conozca la indagación preliminar, la investigación preparatoria, etapa intermedia y juzgamiento en los casos de los delitos cometidos por Jueces de Paz Letrado, Fiscales Adjuntos Provinciales, Jueces Especializados, Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Superiores en el ejercicio de sus funciones, ilícitos penales previstos en las secciones II, III y IV, artículos 382° a 401° del Capítulo II, del Título XVIII del Código Penal. Designará también a otro Fiscal Superior Penal o quien haga sus veces para que conozca la indagación preliminar, la investigación preparatoria, etapa intermedia y juzgamiento en los demás delitos de función atribuidos a los Jueces de Paz Letrado, Fiscales Adjuntos Provinciales, Jueces Especializados, Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Superiores. Asimismo designará a otro Fiscal Superior para que intervenga en las apelaciones que se promuevan contra las resoluciones que emita el Juez de Investigación Preparatoria que hace referencia el artículo 454° inciso 4 del Código Procesal Penal de 2004. Artículo Noveno.- La competencia establecida en los artículos precedentes rige también para los casos de fl agrancia delictiva de conformidad con los incisos 1 y 2 de artículo 454° del Código Procesal Penal de 2004. Artículo Décimo.- En caso se denuncien hechos por delitos establecidos en los artículos 382° al 401° del Código Penal y otros delitos de función atribuidos a Jueces Superiores, Fiscales Superiores y Fiscales Adjuntos Supremos deberán ser visto como un solo caso siendo de conocimiento estos hechos de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos de acuerdo a sus competencias. Esta regla es aplicable también a los hechos que se denuncien a los Jueces de Paz Letrado, Fiscales Adjuntos Provinciales, Jueces Especializados, Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Superiores por delitos de función siendo de conocimiento estos hechos por la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios o quien haga sus veces de acuerdo a sus competencias. Artículo Décimo Primero.- Sin perjuicio de la delimitación funcional antes señaladas y atendiendo a las características del caso, la Fiscal de la Nación podrá determinar al despacho fi scal que lo conozca de conformidad con el artículo 63 del Código Procesal Penal de 2004. Artículo Décimo Segundo.- Disponer que la carga que venía conociendo la Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos que hace referencia los artículos tercero y cuarto de la presente resolución sea reasignada a la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo al día siguiente de la publicación de la presente. Asimismo disponer que la carga que venía conociendo la Primera Fiscalía Suprema Penal y Segunda Fiscalía Suprema Penal que hace referencia el artículo quinto de la presente resolución sea reasignada a la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo al día siguiente de la publicación de la presente. Artículo Décimo Tercero.- Los demás casos que no son materia de la presente resolución y vienen siendo de conocimiento por los despachos fi scales indicados precedentemente continuarán con el trámite regular de acuerdo a sus competencias. Artículo Décimo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Primera y Segunda Fiscalías Supremas en lo Penal, Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo, Fiscalía Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Gerencia General, O fi cina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal, O fi cina de Control de Productividad Fiscal, O fi cina de Racionalización y Estadística y O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación (i) 1746544-1Aceptan renuncia, dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Fiscales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 431-2019-MP-FN Lima, 4 de marzo de 2019VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio Nº 555-2019-MP-FN-PJFSLIMASUR, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, mediante el cual eleva la carta de renuncia del abogado Teó fi lo Freddy Enciso Portillo, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Sur y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Sur, por motivos estrictamente personales, informando que su último día de labores será el 28 de febrero de 2019. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Teó fi lo Freddy Enciso Portillo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Sur y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Sur, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 2488-2018-MP-FN y Nº 2544-2018-MP-FN, de fechas 13 y 16 de julio de 2018; respectivamente, con efectividad al 01 de marzo de 2019. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación (i) 1746543-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 432-2019-MP-FN Lima, 4 de marzo de 2019VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 525-2019-MP-FN-PJFSAMAZONAS, cursado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas. Estando a lo expuesto en el mencionado documento y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Marisol Paredes Ángeles, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Amazonas y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Ocalli, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 625-2017-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2017, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.