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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2019 (05/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

3 NORMAS LEGALES Martes 5 de marzo de 2019 El Peruano / MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Decreto Supremo que aprueba el Cronograma de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar DECRETO SUPREMO Nº 003-2019-MIMP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1368, se crea el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, con el objeto de contar con un sistema integrado y especializado de justicia en dicha materia y en delitos sexuales en agravio de niños, niñas y adolescentes; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, establece que el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días calendario, aprueba mediante decreto supremo, el cronograma de implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, y las disposiciones necesarias para su cumplimiento; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1368, señala que la Comisión Multisectorial de Alto Nivel del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, a que se refi ere la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, en un plazo no mayor de ciento cuarenta (140) días calendario, remite al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables la información necesaria para la elaboración del decreto supremo que aprueba el referido cronograma; Que, los representantes de las entidades que conforman el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar Nacional, así como la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, han realizado diversas reuniones que arribaron en una propuesta de cronograma de implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, teniendo en cuenta las zonas de mayor incidencia de los delitos sobre los cuales tiene competencia, la carga procesal, los recursos de las entidades y otros aspectos importantes para su adecuada implementación; Que, la Comisión Multisectorial de Alto Nivel del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, en sesión de fecha 29 de enero de 2019, aprobó la propuesta de cronograma a la que hace referencia el considerando anterior, y lo remitió al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para la elaboración y aprobación del cronograma de implementación progresiva del citado Sistema; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 7 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Legislativo Nº 1368, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación del Cronograma de implementación del Sistema Apruébese el Cronograma de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en adelante el Sistema. El Cronograma de Implementación determina el inicio del funcionamiento del Sistema en los diversos distritos judiciales del país de acuerdo al siguiente detalle: − Año 2019: Julio. - Lima Este, Callao y Ventanilla. Diciembre. - Arequipa y Ancash. − Año 2020: Julio. - Lima Norte, Junín, Apurímac, Cajamarca y Ayacucho. Diciembre.- Lima, Tacna, Selva Central, Cusco y Huánuco. − Año 2021: Julio. - Lima Sur, Santa, Huancavelica, Huaura y Loreto. Diciembre.- Lambayeque, Moquegua, Sullana, Cañete y Tumbes. − Año 2022: Julio. - Ica, Amazonas, San Martín y Ucayali. Diciembre.- La Libertad, Piura, Puno, Madre de Dios y Pasco. Artículo 2.- Cumplimiento del Cronograma El cumplimiento del Cronograma está a cargo de las entidades que integran el Sistema en el marco de sus competencias. Dichas entidades realizan las acciones necesarias para el adecuado y oportuno cumplimiento del Cronograma, de acuerdo a lo señalado en el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1368, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. Artículo 3.- Responsabilidades a cargo de las entidades encargadas del cumplimiento del Cronograma El inicio del funcionamiento del Sistema implica que se hayan realizado principalmente las siguientes acciones por parte de las entidades responsables: a. Poder Judicial: contar con Juzgados y Salas Especializadas de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en materia Penal y de Familia, en los distritos judiciales que correspondan. b. Ministerio Público: contar con Fiscalías Especializadas de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en materia Penal y de Familia, así como con unidades de investigación forense debidamente equipadas con personal especializado, que incluya peritos, Cámaras Gesell y laboratorios, en los distritos judiciales que correspondan. c. Policía Nacional del Perú: contar con personal especializado en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en las Comisarías y Divisiones Especializadas de los distritos judiciales que correspondan. d. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: capacitar y acreditar a los defensores públicos especializados en materia Penal y de Familia de competencia del Sistema, en los distritos judiciales que correspondan. e. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: articular con los integrantes del Sistema la atención de las víctimas, a través de los Centros Emergencia Mujer y Hogares de Refugio Temporal, y capacitar a sus integrantes, en los distritos judiciales que correspondan. Asimismo, implementar Centros Emergencia Mujer en las Comisarías con mayor incidencia de denuncias vinculadas