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2 NORMAS LEGALES Martes 5 de marzo de 2019 / El Peruano se dispone que la transferencia fi nanciera autorizada se realiza mediante resolución del Titular del Pliego, que se publica en el Diario O fi cial El Peruano, previo informe favorable de la O fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en dicho Pliego; Que, con fecha 29 de enero de 2014, el Ministerio del Interior y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), bajo la modalidad de Convenio de Administración de Recursos, suscribieron el “Convenio Especí fi co entre la Organización Internacional para las Migraciones - OIM y el Ministerio del Interior, para el Fortalecimiento de la Policía Nacional para la Seguridad y Estabilización Comunitaria del Perú” para regular los mecanismos de cooperación entre ambas partes, respecto a la ejecución de procesos de selección y adjudicación para la implementación de los proyectos: (i) Mejoramiento de servicios brindado por la Escuela Técnico Superior de Sub O fi ciales de la PNP en el distrito de Puente Piedra, provincia de Lima y departamento de Lima; con código SNIP 256241; (ii) Ampliación y mejoramiento del servicio de formación policial de la Escuela de O fi ciales de la Policía Nacional del Perú (EO PNP) del distrito de Chorrillos, provincia de Lima, Lima; con código SNIP 256073; y, (iii) Ampliación y mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP – San Bartolo; con código SNIP 255985; así como, realizar la administración de recursos durante la selección y adjudicación y el proceso de ejecución de los contratos resultantes en el marco de los proyectos antes indicados; Que, el artículo 4 de la Ley N° 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales, establece los requisitos para la autorización y suscripción de convenios de administración de recursos (CAR), así como para sus modi fi catorias, disponiendo que previo a la suscripción del convenio resulta necesario contar con los informes favorables de las o fi cinas de presupuesto, de administración, de asesoría jurídica y la opinión favorable vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la necesidad y viabilidad del convenio y que mediante acto resolutivo de carácter indelegable, el titular de la entidad aprueba la suscripción del convenio, que también es aplicable para la suscripción de adendas; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 30356, aprobado por Decreto Supremo N° 381-2015-EF, dispone que las adendas que se suscriban al convenio de administración de recursos (CAR) que modi fi quen la fi nalidad, el alcance, metas generales o especí fi cas, objetivos o plazo, deberán cumplir, para la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con los requisitos establecidos en el referido Reglamento en lo que corresponda; Que, con Memorando N° 000230-2019/IN/OGIN, el Director General de la O fi cina General de Infraestructura propone la suscripción de la Novena Adenda al “Convenio Especí fi co entre la Organización Internacional para las Migraciones – OIM y el Ministerio del Interior, para el fortalecimiento de la Policía Nacional para la Seguridad y Estabilización Comunitaria del Perú”, cuyo objeto consiste en modi fi car el presupuesto referencial establecido en la Cláusula Sexta del citado Convenio Especí fi co para garantizar la ejecución de los trabajos requeridos en la Unidad de Trabajo (UT)-4 y Unidad de Servicio (US)-1 del proyecto “Ampliación y Mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP – San Bartolo, (con Código SNIP 255985); en tal sentido, y de acuerdo al marco legal antes citado, la modi fi catoria por el aspecto presupuestal no requiere contar con opinión vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, a través del Memorando N° 000341-2019/ IN/OGPP, el Director General de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, en el marco de sus competencias en materia presupuestaria, emite opinión favorable en cuanto a los créditos presupuestarios previstos en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019, a nivel de la Unidad Ejecutora 032: O fi cina General de Infraestructura, por la suma de S/ 6 877 267,91 (SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 91/100 SOLES) a favor de la OIM, para fi nanciar exclusivamente los trabajos requeridos en la Unidad de Trabajo (UT)-4 y Unidad de Servicio (US)-1 del proyecto “Ampliación y Mejoramiento de la Escuela Técnico Superior Mujeres PNP – San Bartolo, (con Código SNIP 255985); Que, la propuesta de suscripción de la Novena Adenda al Convenio Especí fi co y la transferencia fi nanciera a favor de la OIM cuenta con las opiniones favorables de la Ofi cina General de Plani fi cación y Presupuesto emitida mediante Memorando N° 000341-2019/IN/OGPP, de la O fi cina General de Administración y Finanzas con Memorandos N° 775-2018-IN-OGAF y N° 169-2019-IN-OGAF, respectivamente; y con la viabilidad legal de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emitida con Informe N° 000590-2019/ON/OGAJ; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina General de Infraestructura, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y de la O fi cina General de Administración y Finanzas y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 381- 2015-EF, que aprueba el Reglamento que establece lineamientos y requisitos para solicitar la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas en virtud de la Ley Nº 30356; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Suscripción de Novena Adenda Apruébase la suscripción de la Novena Adenda al “Convenio Especí fi co entre la Organización Internacional para las Migraciones - OIM y el Ministerio del Interior, para el Fortalecimiento de la Policía Nacional para la Seguridad y Estabilización Comunitaria del Perú”, bajo la modalidad de Convenio de Administración de Recursos, con el objeto de modi fi car el presupuesto referencial establecido en la Cláusula Sexta del citado Convenio Especí fi co, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Transferencia Financiera Autorízase una Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 del Pliego 007: Ministerio del Interior, Unidad Ejecutora 032: O fi cina General de Infraestructura, por la suma de S/ 6 877 267,91 (SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 91/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Limitaciones al Uso de los Recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no deben ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter). Artículo 5.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Infraestructura y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior para que efectúen las acciones que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1747003-1