Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2019 (09/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de marzo de 2019 /

El Peruano

Que, asimismo, de conformidad a lo dispuesto en los numerales 8), 9) y 29) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas; así como, crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a lo dispuesto en la Ley; y, aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas; Que, las municipalidades dentro de su política de tratamiento social con su comunidad, brindan facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebración del matrimonio comunitario y con ello contribuir al fortalecimiento de la unidad familiar como célula básica de la sociedad, razón por la cual el Concejo Municipal luego del respectivo debate, acordó aprobar la Ordenanza en su propuesta original; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el informe favorable del área de Registro Civil, de la Gerencia de Asesoría Legal y de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta, y con el voto favorable de diez (unánime) miembros del Concejo presentes, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE AUTORIZA LA REALIZACIÓN DEL PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL AÑO 2019 Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización del PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2019, a llevarse a cabo el día sábado 11 de mayo de 2019, en la Plaza de Armas del Distrito de Independencia a las 11:00 horas, estableciéndose como plazo de inscripción al día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza y culmina el 04 de mayo del 2019. Articulo Segundo.- APROBAR la exoneración del pago de los derechos correspondientes, estableciéndose como pago único la suma de S/ 50.00 (cincuenta y 00/100 soles), que serán destinados a cubrir los gastos que genere dicha ceremonia. Articulo Tercero.- DISPENSAR a los contrayentes, del trámite de publicación de los avisos matrimoniales, conforme a lo dispuesto por el artículo 252° del Código Civil vigente, estableciéndose que los Contrayentes deberán cumplir con los requisitos que dispone el artículo 248º y siguientes de la citada norma y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad distrital de Independencia. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,

a la Gerencia de Desarrollo Social, a la Gerencia de Administración y Finanzas, al Área de Registro Civil y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, el estricto cumplimiento de la presente norma y, a la Gerencia de Secretaría General su Publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. YURI J. PANDO FERNANDEZ Alcalde 1747512-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR
Modifican la Ordenanza N° 170-2012-MSMM que aprobó el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios y Normas de Ejecución de Obra para el Área de Tratamiento Normativo IV del distrito
ORDENANZA Nº 274-MDSMM Santa María del Mar, 7 de marzo de 2019 EL ALCALDE DE SANTA MARÍA DEL MAR POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA MARÍA DEL MAR VISTO: En Sesión Extraordinaria Nº 002-2019-MDSMM, del 07 de marzo de 2019, el Informe Nº 006-2019-MDSMM/ GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe Nº 018-2019-MDSMM/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma

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Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

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