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8 NORMAS LEGALES Sábado 30 de marzo de 2019 / El Peruano Modifican el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 422-2016-MC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2019-MC Lima, 28 de marzo de 2019VISTOS; el Memorando Nº 000073-2019-VMPCIC/ MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000093-2019/OGPP/SG/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000121-2019/OP/OGPP/SG/MC de la O fi cina de Presupuesto; el Memorando Nº 000016- 2019/OI/OGPP/SG/MC de la O fi cina de Inversiones; el Informe Nº 000054-2019/UEI001/OGA/SG/MC; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo Nº 294-2018-EF, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar proyectos de inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electri fi cación rural, industria, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en el citado TUO y en el Texto Único Ordenado del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 295-2018-EF; Que, de acuerdo a los numerales 10.1 y 10.2 del artículo 10 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la referida Ley, corresponde a la entidad pública aprobar la lista de proyectos priorizados, los cuales deben ser consistentes con los objetivos, las metas y los indicadores establecidos en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) y contar con la declaración de viabilidad conforme a los criterios establecidos en el Invierte.pe; la misma que en el caso de las entidades públicas del Gobierno Nacional se aprueba por el titular de la entidad pública correspondiente; Que, conforme al numeral 14.3 del artículo 14 del Texto Único Ordenado del Reglamento antes mencionado, “La entidad pública puede modi fi car la lista de Proyectos priorizados, previa opinión de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces. En caso, dicha modi fi cación supere la capacidad presupuestal autorizada previamente por la DGPP, debe solicitar nuevamente opinión de capacidad presupuestal” ; Que, a través del Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Gobierno Regional de la Libertad de fecha 21 de junio de 2016, y sus adendas, se establecieron lineamientos de estrecha cooperación entre las partes a fi n de ejecutar de forma conjunta el proyecto denominado “Acondicionamiento turístico del complejo arqueológico El Brujo de Magdalena de Cao, distrito de Magdalena de Cao–Ascope–La Libertad”, con código SNIP Nº 172122, respecto del Componente 2 Acondicionamiento Turístico El Brujo - 2.2 Liberación y Conservación Turística El Brujo, la Supervisión y el Componente 3 Promoción y Difusión Turística; Que, por Resolución Ministerial Nº 422-2016-MC, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 195- 2017-MC y Nº 284-2017-MC, el Ministerio de Cultura priorizó el proyecto “Acondicionamiento turístico del complejo arqueológico El Brujo de Magdalena de Cao, distrito de Magdalena de Cao-Ascope-La Libertad”, Sub Componente 2.2 Liberación y Conservación Turística El Brujo, Componente 3 Promoción y Difusión Turística, y Componente 6 Supervisión, con Código Único de Inversiones Nº 2133720 (antes Código SNIP Nº 172122) para su fi nanciamiento y ejecución, en el marco del mecanismo de Obras por Impuestos; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 086-2017-VMPCIC-MC, modi fi cada por las Resoluciones Viceministeriales Nº 147-2017-VMPCIC-MC, Nº 096-2018-VMPCIC-MC, Nº 170-2018-VMPCIC-MC y Nº 250-2018- VMPCIC-MC, se aprobó la decisión de llevar a cabo los procesos de selección para elegir a la Empresa Privada y a la Entidad Privada Supervisora del referido proyecto de inversión; y se constituyó el Comité Especial encargado de la convocatoria, organización y ejecución de los procesos de selección antes mencionados; Que, a través del Informe Nº 000054-2019/UEI001/ OGA/SG/MC, el Responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Unidad Ejecutora 001: Administración General informó de las modi fi caciones efectuadas al monto total de inversión del proyecto de inversión antes mencionado, registradas en el Banco de Inversiones; y detalló el nuevo monto de la inversión del referido proyecto; Que, con el Memorando Nº 000016-2019/OI/OGPP/ SG/MC, la O fi cina de Inversiones, en su condición de Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), señaló que el referido proyecto de inversión se encuentra viable y activo, y que cuenta con registros en la fase de ejecución; asimismo, indicó que el mismo forma parte de la cartera de inversiones del PMI 2019-2021, por lo que cumple con los criterios de priorización y contribuye al cierre de los indicadores de brecha del Sector Cultura; Que, con el Informe Nº 000093-2019/OGPP/SG/MC, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remitió el Informe Nº 000121-2019/OP/OGPP/SG/MC, por el cual la O fi cina de Presupuesto señaló que para el presente Año Fiscal 2019 se cuenta con capacidad presupuestal ascendente a S/ 24 901 238,00; lo cual permite la ejecución del citado proyecto de inversión, entre otros, bajo el mecanismo de Obras por Impuestos; Que, con el Memorando Nº 000073-2019-VMPCIC/ MC, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales solicitó la modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 422-2016-MC, a fi n de actualizar el monto de la inversión del referido proyecto, detallando los montos por componentes y subcomponentes y su variación; Que, en tal sentido, se estima por conveniente modi fi car la Resolución Ministerial Nº 422-2016-MC, a fi n de actualizar la información de la lista de proyectos priorizados aprobada y llevar adelante los referidos procesos de selección; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo Nº 294-2018-EF; el Texto Único Ordenado del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 295-2018-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 422-2016-MC, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 195-2017-MC y Nº 284-2017-MC, en los términos siguientes: “Artículo 1.- Aprobar la lista de proyectos priorizados para ser fi nanciados y ejecutados en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo Nº 294-2018-EF; y el Texto Único Ordenado del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 295-2018-EF, los mismos que se detallan a continuación: Nº DEPARTAMENTO CODIGO SNIPNOMBRE DEL PROYECTOMONTO DE INVERSIÓN EN SOLES (...)3L A LIBERTAD172122 (con Código Único de Inversiones Nº 2133720ACONDICIONAMIENTO TURÍSTICO DEL COMPLEJO ARQUEOLÓGICO EL BRUJO DE MAGDALENA DE CAO, DISTRITO DE MAGDALENA DE CAO, ASCOPE, LA LIBERTAD COMPONENTES: 2. Acondicionamiento Turístico El Brujo - Subcomponente2.2 Conservación y Liberación3. Promoción y Difusión TurísticaSupervisiónExpediente Técnico3 204 369,11 441 800,00 435 696,75114 870,86