TEXTO PAGINA: 9
9 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de mayo de 2019 El Peruano / ofi cialmente al señor Pierre Emile Illa Vandoorne Romero, Director de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios del Ministerio de Cultura, que la Reunión del Consejo Consultivo de la Conferencia de Autoridades Audiovisuales y Cinematográ fi cas de Iberoamérica – CAACI, la XV Reunión Extraordinaria del Consejo Intergubernamental de IBERMEDIA, y la XXXVI Reunión Ordinaria de la CAACI, se llevarán a cabo del 6 al 9 de mayo de 2019, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay; Que, el artículo 80 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, señala que la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios es la unidad orgánica encargada de diseñar, proponer, promover y ejecutar las políticas, planes, estrategias y normas para el desarrollo y promoción de la industria audiovisual, fonográ fi ca y de nuevos medios aplicados a la producción cultural; asimismo, conforme al numeral 80.3 del citado artículo, tiene como función el promover y coordinar con las instituciones públicas y privadas la difusión internacional de la industria audiovisual, fonográ fi ca y de nuevos medios aplicados a la producción cultural; Que, con el Informe Nº 000134-2019/DGIA/VMPCIC/ MC de fecha 9 de abril de 2019, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes señala que la CAACI, de la cual el Perú es país miembro, es un organismo internacional del ámbito regional iberoamericano especializado en materia audiovisual y cinematográ fi ca, que articula la política audiovisual cinematográ fi ca de los países que la integran, y se encuentra representada por su Secretario Ejecutivo quien preside las reuniones del Consejo Consultivo, habiendo sido designado el representante de la República del Perú, señor Pierre Emile Illa Vandoorne Romero, en dicho cargo; Que, asimismo, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes precisa que considerándose que los países que ejercen la secretaría ejecutiva suelen contar con un representante adicional que ocupe el lugar reservado al Estado parte en la mesa, es oportuno que un representante de nuestro país asista a las precitadas reuniones a fi n de contar con la opinión y votos exclusivos de la República del Perú en su calidad de país miembro de la CAACI; motivo por el cual, se propone la participación del señor Christian Michel Salazar Tarazona, Analista Legal de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios del Ministerio de Cultura, quien supervisa los aspectos relativos a los acuerdos de coproducción y su aplicación, así como representa de dicha Dirección en el Comité de Incidencias del Programa IBERMEDIA; Que, mediante el Proveído Nº 003135-2019/ VMPCIC/MC de fecha 11 de abril de 2019, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mani fi esta su conformidad con el viaje en comisión de servicios del precitado servidor; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática de los eventos en mención y los fi nes antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Christian Michel Salazar Tarazona, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay; cuyo gasto por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Christian Michel Salazar Tarazona, Analista Legal de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios del Ministerio de Cultura, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 5 al 10 de mayo de 2019; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA): US$ 847.47 Viáticos (US$ 370 x 3 días + 1 día de instalación): US$ 1 480.00 TOTAL: US$ 2 327.47 Artículo 3.- Disponer que el citado servidor, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en los eventos a los que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ULLA HOLMQUIST PACHAS Ministra de Cultura 1765332-1 Disponen el ingreso libre al Museo de Arte Italiano desde el día 16 de mayo al 1 de agosto de 2019 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2019-MC Lima, 29 de abril de 2019VISTOS, el Informe N° 000024-2019/MAI/DGM/ VMPCIC/MC de la Directora del Museo de Arte Italiano; y el Informe N° 000098-2019/DGM/VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7 de la Ley antes citada, el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva, respecto a otros niveles de gobierno, propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial