Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2019 (01/05/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Miércoles 1 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

25

General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1765344-2

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 - 2022 del Ministerio de la Producción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 172-2019-PRODUCE Lima, 29 de abril de 2019 VISTOS: El Memorando N° 420-2019-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 088-2019-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y el Informe N° 364-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N° 1088, se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; Que, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, el cual se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ­ SINAPLAN; Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018-CEPLAN/PCD se modifica la Guía para el Planeamiento Institucional, que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional ­ POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, señala que el PEI se elabora y aprueba en el año previo al inicio de su vigencia, y en consecuencia la entidad debe elaborar y aprobar el POI Multianual para un período no menor de tres años respetando el período de vigencia del PEI, a través del aplicativo CEPLAN y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00016-2019/CEPLAN/PCD, se modifica la sección 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018/CEPLAN/PCD y se establece el 30 de abril como plazo máximo para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00016-2019/CEPLAN/PCD dispone que para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual, al 15 de abril de 2019 las entidades de los tres niveles de gobierno deberán haber validado internamente su Plan Estratégico Institucional (PEI) con un horizonte temporal mínimo al año 2022, con cargo a su aprobación formal posterior;

Que, mediante Acta N° 001-2019-PRODUCE, de fecha 15 de abril de 2019, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de la Producción, conformada mediante Resolución Ministerial N° 098-2018-PRODUCE, validó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2022 del Ministerio de la Producción, que constituye el instrumento de gestión que identifica la estrategia institucional que orientará sus acciones para el período 2020-2022; Que, con Memorando N° 420-2019-PRODUCE/ OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 088-2019-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, que hace suyo, propone la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 ­ 2022 del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, y modificatoria; así como lo dispuesto en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018-CEPLAN/PCD, que aprueba la modificación de la Guía para el Planeamiento Institucional y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 ­ 2022 del Ministerio de la Producción, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce). Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1765344-3

Designan representantes del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana del Grupo de Trabajo Bilateral Perú-Chile de Lucha contra el Contrabando
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 173-2019-PRODUCE Lima, 29 de abril de 2019 VISTOS: el Cargo Nº 02607-2019-PRODUCE/ SG y, el Informe Nº 368-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 139-2019-PRODUCE se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana del Grupo de Trabajo Bilateral Perú-Chile de Lucha contra el Contrabando (en adelante, el Grupo de Trabajo), en el marco de la Ley Nº 27595, que creó la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería - CLCDAP y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-PRODUCE; el cual tiene como objeto articular y coordinar las acciones de las diferentes entidades públicas del país que tienen funciones vinculadas a la lucha contra el contrabando, así como generar información técnica que contribuya a los objetivos y actividades del Grupo de Trabajo Bilateral Perú ­ Chile de Lucha contra el Contrabando;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.