Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2019 (07/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Años/ Meses 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Enero 1.15 1.22 1.16 1.09 1.10 1.08 1.07 1.04 1.02 1.03 1.00 Febrero 1.17 1.21 1.15 1.10 1.11 1.08 1.07 1.04 1.02 1.02 1.00 Marzo 1.19 1.20 1.14 1.10 1.11 1.08 1.07 1.04 1.03 1.02 1.00 Abril 1.20 1.20 1.14 1.09 1.10 1.08 1.06 1.04 1.02 1.02 1.00

NORMAS LEGALES
Mayo 1.20 1.20 1.12 1.09 1.10 1.08 1.06 1.05 1.03 1.02 1.00 Junio 1.21 1.19 1.12 1.09 1.11 1.07 1.06 1.05 1.03 1.01 Julio 1.22 1.19 1.12 1.09 1.10 1.08 1.05 1.04 1.03 1.01 Agosto 1.22 1.19 1.11 1.10 1.09 1.07 1.05 1.05 1.03 1.01

Martes 7 de mayo de 2019 /
Setiembre 1.22 1.18 1.11 1.10 1.08 1.07 1.05 1.04 1.03 1.01 Octubre 1.22 1.18 1.10 1.10 1.07 1.07 1.05 1.03 1.03 1.00 Noviembre 1.22 1.18 1.10 1.10 1.08 1.06 1.05 1.03 1.03 1.00

El Peruano
Diciembre 1.22 1.17 1.09 1.10 1.08 1.06 1.04 1.03 1.03 0.99

1766832-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Precisan que los actos administrativos y actos de administración interna derivados de la gestión de los sistemas administrativos del PRONACEJ continúan a cargo de los órganos de apoyo y asesoramiento del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0171-2019-JUS Lima, 6 de mayo de 2019 VISTOS, el Oficio Nº 1077-2019-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe 1139-2019-JUS-OGA, de la Oficina General de Administración; el Oficio Nº 13502019-JUS/OGRRHH, de la Oficina General de Recursos Humanos y el Informe Nº 480-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 1299, se transfiere el Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal - SINARSAC - y la Gerencia de Centros Juveniles del Poder Judicial y sus Órganos desconcentrados al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; así como se establece la conformación de la Comisión Técnica encargada de la conducción del proceso de transferencia, integrada por representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Poder Judicial; Que, el citado Decreto Legislativo, en su Primera Disposición Complementaria Modificatoria, modifica los artículos 4 y 7 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señalando que este Ministerio es la entidad competente entre otras materias, en "h) Reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la Ley Penal". Y entre sus funciones específicas, tiene que "e) Orientar y contribuir con el establecimiento de la política criminal y formular la política penitenciaria del Estado, así como implementar la política de reinserción social de las y los adolescentes en Conflicto con la Ley Penal"; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como definir su estructura orgánica hasta el tercer nivel; Que, de acuerdo a lo dispuesto por los literales g) e i) del artículo 9 del citado Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas,

planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; también expedir actos administrativos y de administración interna, en el ámbito de su competencia; Que, el subnumeral 1.2.1 del numeral 1.2 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que "Los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0483-2018JUS, de fecha 08 de noviembre de 2018 se encargó a la Dirección General de Asuntos Criminológicos, el Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal - SINARSAC, y así como la supervisión y administración de la Gerencia de Centros Juveniles y sus Órganos desconcentrados transferidos en el marco del Decreto Legislativo Nº 1299, en tanto se aprueben los correspondientes documentos de gestión organizacional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargo que se realizó con carácter temporal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-JUS, se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles ­ PRONACEJ, cuyo objetivo es fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles, a nivel nacional; Que, el artículo 6 de dicho dispositivo legal establece que la dirección y conducción del PRONACEJ está a cargo de un(a) Director(a) Ejecutivo(a) y que la organización y estructura funcional del Programa se establece en su Manual de Operaciones; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0119-2019JUS, de fecha 29 de marzo de 2019, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora "Centros Juveniles en el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos", encomendándose a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y a la Oficina General de Administración las acciones necesarias en materia de presupuesto, administración, finanzas y otras que correspondan para dar cumplimiento a las acciones propias de la formalización; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0120-2019JUS, de fecha 29 de marzo de 2019, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles -PRONACEJ, dotándose al programa de un importante documento organizacional para su gestión; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 01232019-JUS, de fecha 1 de abril de 2019, se encargó las funciones del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ, en adición a sus funciones, al señor Gerson David Villar Sandy, Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

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