Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2019 (07/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 7 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, de otro lado mediante Resolución Ministerial Nº 0126-2019-JUS, de fecha 2 de abril de 2019 se constituyó el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal con el objeto de encargarse del Proceso de Transferencia del SINARSAC y los Centros Juveniles y sus Órganos desconcentrados por el plazo de sesenta (60) días calendario contados de su instalación; estableciéndose en su Única Disposición Complementaria Transitoria que en tanto no finalice el proceso de transferencia del SINARSAC y de los Centros Juveniles y sus órganos desconcentrados al PRONACEJ, la Dirección General de Asuntos Criminológicos del MINJUSDH continuará con dicho encargo, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 0483-2018JUS; Que, con Oficio Nº 1139-2019-JUS-OGA, la Oficina General de Administración, en su calidad de Presidente del Grupo de Trabajo remite el Acta de la Cuarta Reunión del Grupo de Trabajo para el Proceso de Transferencia del SINARSAC a PRONACEJ e informa sobre las acciones que se vienen ejecutando en el marco del proceso de transferencia del SINARSAC, sustentado en el Oficio Nº 1350-2019-JUS/OGRRHH, de la Oficina General de Recursos Humanos; Informe Nº 979-2019-JUS/OGAOAB, de la Oficina de Abastecimiento; y el Oficio Nº 1043-2019-JUS/OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, resulta pertinente precisar que los actos administrativos y actos de administración interna derivados de la gestión de los sistemas administrativos del PRONACEJ continúan a cargo de los órganos de apoyo y asesoramiento correspondientes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en tanto se concluye con el mencionado proceso de transferencia; Que, con el Informe Nº 051-2019-OGPM-OOM de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización se concluye que habiéndose emitido el Manual de Operaciones es viable que el Director Ejecutivo pueda asumir las funciones establecidas en el citado manual; Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia; de la Oficina General de Recursos Humanos; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1299, que transfiere el Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 006-2019-JUS, que crea el Programa Nacional de Centros Juveniles y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Precisar que los actos administrativos y actos de administración interna derivados de la gestión de los sistemas administrativos del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ continúan a cargo de los órganos de apoyo y asesoramiento del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en tanto se finaliza el proceso de transferencia. Artículo 2.- Establecer que, en tanto se adecuen los documentos de gestión organizacional del Programa Nacional de Centros Juveniles ­ PRONACEJ, se mantendrán los documentos de gestión que regulan el Sistema Nacional de Reinserción Social de los Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal ­ SINARSAC y los Centros Juveniles. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0483-2018-JUS y la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial Nº 0126-2019-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1766775-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Asesora Ministerial II del Despacho

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2019-MIMP Lima, 3 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 108-2018MIMP se designó a la señora CLAUDIA MABEL ZANINI FERNANDEZ en el cargo de confianza de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, la referida persona ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a quien la reemplazará; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora CLAUDIA MABEL ZANINI FERNANDEZ al cargo de confianza de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora ROSA BERTHA DEL PILAR PUENTE BAELLA en el cargo de confianza de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1766555-1

Aprueban los "Lineamientos para la designación y remoción de los miembros del Directorio y Gerente/a General de las Sociedades de Beneficencia"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 128-2019-MIMP Lima, 3 de mayo de 2019 Vistos, el Memorando Nº 696-2018-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, los Informes Nº 048, 068-2018-MIMP/DGFC-DIBP y 0052019- MIMP/DGFC-DIBP de la Dirección de Beneficencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, el Memorando Nº 518-2018-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 128-2018-MIMP/OGPP/OMI de la Oficina de Modernización Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización

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