Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2019 (07/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Martes 7 de mayo de 2019 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE REQUE
Autorizan viaje de alcalde a la República de Corea, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2019-MDR/CM Reque, 2 de mayo de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE REQUE VISTO: El Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Nº 09 de fecha 02 de mayo del 2019, donde se aprueba por unanimidad autorizar al señor Alcalde Arq. Julio César Huerta Ciurlizza su viaje a al extranjero a la ciudad de Siheug-si, Gyeonggido ­ República de Corea; CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud de fecha 22 de abril del 2019, dirigida a los Señores Miembros del concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Reque, el Alcalde Arq. Julio César Huerta Ciurlizza solicita autorización de viaje al exterior por invitación de parte de la Empresa Big Mountain Technology Icn para participar en el "41ª Exposición International sobre tecnología ambiental y energía verde" a realizarse en los días 14 de mayo de 2019 al 20 de mayo de 2019 (No incluye los días de viaje), pero la autorización deberá efectuarse teniendo en cuenta los días de desplazamiento (Viaje) que comprenden los días 11 de mayo del 2019 hasta el 22 de mayo del 2019. Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 preceptúa que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el numeral 11 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que "corresponde al Concejo Municipal: Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario". Que, de otra parte, el numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, Ley Nº 30879 y la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios servidores públicos y sus normas complementarias, establece en su Artículo 1º, tercer párrafo, que los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, Municipalidades,(....) Se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad. Que, al tratarse de la Autorización del Alcalde, la que de acuerdo al Artículo 2º numeral 1 de la Ley Nº 28212, se encuentra en la jerarquía de los más altos funcionarios y autoridades del Estado, y según en el numeral 2º, se constituye en la máxima autoridad dentro de esa jurisdicción, por lo que, a quien corresponde autorizar su viaje al exterior del país es al Concejo Municipal, más aun cuando el numeral 11 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades así lo precisa y faculta. Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en su Artículo 2º primer párrafo establece que la "autorización de viaje al exterior de la república estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución". Que, en consecuencia, se tiene que el viaje del Señor Alcalde se encuentra enmarcado dentro del texto

normativo, esto es, el referido al interés específico de la institución, considerando que el viaje hacia Corea, es fundamentalmente para la Municipalidad Distrital de Reque, tomando en cuenta que, su participación en este evento, radica en que le permitirá conocer las nuevas tecnologías en todo el ámbito medio ambiental, además de visitar lugares donde el gobierno los ha implementado con excelentes resultados de depuración de aguas y tratamiento de aguas residuales, y visita al Instituto de Tecnología e Industria Ambiental de Corea (KEITI), donde se desarrollaron las nuevas tecnologías, que aportan a Big Mountain Technology Icn; y el Alcalde al asistir a la invitación cursada en representación de la Municipalidad Distrital de Reque, repercutirá en beneficio del distrito tal cual lo describe la autoridad edil en su solicitud de fecha 22 de abril de 2019, donde señala que, la participación en el "41ª Exposición International sobre tecnología ambiental y energía verde" permitirá abrir puertas de organismos y fuentes cooperantes, a efectos de implementar sistemas de tecnología ambiental y energía verde a aplicarse en nuestro distrito, mejorando de esta manera las condiciones de vida de los moradores del distrito; más aún se según lo indicado, los gastos de desplazamiento, viáticos, tarifa Corpac, representación y otros, serán íntegramente financiados por la Empresa Big Mountain Technology Icn, por lo tanto no causará gasto alguno al presupuesto de la Municipalidad Distrital de Reque. Que, los beneficios de la participación, objeto de autorización, se encuentran plenamente justificados conforme a la Ley Nº 27619 que "Regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos" y el primer párrafo del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, debiendo de emitirse Acuerdo de Concejo Municipal de conformidad con el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, finalmente, es importante señalar que el Artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que en caso de ausencia del Alcalde lo reemplazará el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en la propia lista electoral, ello en concordancia con lo establecido en el Artículo 20º de la citada norma legal que dispone como atribuciones del Alcalde: "delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal", por lo que en caso se autorice el viaje al exterior de del señor alcalde, deberá esta encargar la Alcaldía al primer regidor hábil, durante los días que dure su ausencia. Que, a efectos de emitir el presente dictamen, se ha tenido a la vista el Informe Legal Nº 079-2019/MDR-UAL de la Unidad de Asesoría Legal de este Distrito de fecha 22 de abril de 2019. De conformidad a los considerandos expuestos, y de conformidad con la Constitución Política del Perú y al uso de las atribuciones en el artículo 20º inciso 3 de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972; con el voto por unanimidad de los Señores Regidores y aprobación del Acta; SE ACUERDA: 1. AUTORIZAR, el viaje al señor Alcalde Arq. Julio César Huerta Ciurlizza a la ciudad de Siheug-si, Gyeonggido ­ República de Corea;, en las fechas 11 de mayo del 2019 hasta el 22 de mayo del 2019 en Representación de la Municipalidad Distrital de Reque. 2. PRECISAR, los gastos de desplazamiento, viáticos, tarifa Corpac, representación y otros del señor Alcalde Arq. Julio César Huerta Ciurlizza serán íntegramente financiados por la Empresa Big Mountain Technology Icn. 3. ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, 4.- La Unidad de Logística queda encargado de publicar el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y dése cuenta. JULIO CÉSAR HUERTA CIURLIZZA Alcalde del distrito de Reque 1766441-1

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