Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2019 (07/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Martes 7 de mayo de 2019 /

El Peruano

· Decreto de Supremo Nº 097-2009-EF, que establece los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo. · Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. · Decreto Supremo Nº 131-2010-EF que modifica el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF. · Decreto Supremo Nº 132-2010-EF que modifica el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF. · Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Artículo 4. Finalidad.- El presente Reglamento tiene la finalidad de propiciar la participación activa y concertada de la sociedad civil, en el proceso de Presupuesto Participativo por Resultados, de acuerdo a las pautas establecidas para su desarrollo; introduciendo formalmente en el ámbito de la gestión pública, mecanismos para mejorar la focalización de la inversión pública. Artículo 5. Ámbito y Alcance.- El presente Reglamento comprende dentro de sus alcances a la Municipalidad Provincial del Callao, municipalidades distritales, representantes de la sociedad civil, organizaciones y entidades públicas y privadas, colegios profesionales de la Provincia Constitucional del Callao, quienes participan activamente en el proceso de programación participativa del Presupuesto Basado en Resultados, de acuerdo a las directivas y lineamientos emitidos por la Dirección General de Presupuesto Público, Dirección General de Inversión Pública, del Ministerio de Economía y la presente Ordenanza. Artículo 6. Instancias del Presupuesto Participativo.Está constituida por el Consejo de Coordinación Local Provincial que tiene por objetivo; coordinar, concertar, liderar, monitorear y garantizar el desarrollo del proceso del presupuesto participativo a nivel Provincial. Artículo 7. Financiamiento del Presupuesto Participativo.- El proceso del presupuesto participativo, se sustenta en el gasto de inversión a través de los compromisos y aportes, asignados por la Municipalidad Provincial del Callao; así como los aportes de la sociedad civil. El Alcalde Provincial, informará el porcentaje del presupuesto institucional que serán asignados para el gasto de inversión correspondiente al Presupuesto Participativo anual, a través del portal electrónico de la Municipalidad Provincial del Callao. La sociedad civil organizada puede participar en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión a través de aportes, de recursos financieros, materiales, mano de obra u otros similares, a fin de ampliar la capacidad de atención de las demandas, orientadas a la mejora de la calidad de vida de la población. Artículo 8. Del Cumplimiento.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de cumplimiento obligatorio para los actores que participen del proceso de Presupuesto Participativo de la Municipalidad Provincial del Callao, de acuerdo a lo indicado en el instructivo vigente para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. CAPÍTULO II DE LAS FASES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 9. FASE DE PREPARACION.- Esta fase es de responsabilidad de la Municipalidad Provincial del Callao en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Provincial, según las competencias municipales; comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación a los agentes participantes. 9.1. Comunicación.- Con el propósito de lograr una amplia participación y representatividad de la sociedad civil

organizada y no organizada, la Municipalidad Provincial del Callao difunde a través de los medios adecuados el inicio del Proceso de Presupuesto Participativo y mantiene informado a la población sobre los avances y resultados del mismo a través del portal electrónico http:// www.municallao.gob.pe. 9.2. Sensibilización.- Se promueve la participación y el compromiso responsable de la sociedad civil organizada, en la programación participativa del presupuesto, en la ejecución, control y sostenibilidad de los proyectos de inversión. Es necesario que la sociedad civil se empodere del proceso a fin de contribuir al desarrollo de la Provincia. 9.3. Convocatoria.- La Municipalidad Provincial del Callao en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Provincial, convoca a la población organizada a participar en el Proceso de Presupuesto Participativo, haciendo uso de medios de comunicación adecuados y garantizado la óptima comunicación con los agentes participantes. 9.4. Identificación de los Agentes Participantes.Los agentes participantes son todas aquellas personas registradas según lo dispuesto en el presente Reglamento, cumpliendo con los requisitos establecidos en el mismo. Los agentes participantes deben ser designados y/o elegidos para cada proceso por sus organizaciones. Se consideran agentes participantes: 1. El Alcalde y Regidores Provinciales. 2. Miembros del Consejo de Coordinación Local Provincial. 3. Representantes de las entidades públicas, privadas y los colegios que desarrollan acciones en el ámbito de la Provincia del Callao, debidamente acreditados. 4. Miembros del Comité de Vigilancia vigente. 5. Un representante por cada organización de la sociedad civil, con ámbito de acción provincial, debidamente identificado y acreditado de conformidad con lo establecido por el presente Reglamento. 6. Los representantes de la sociedad civil no organizada debidamente acreditados de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento. 7. El equipo técnico, que tiene a cargo la conducción del proceso. 9.5. Requisitos para Acreditación de Agentes Participantes.Para acreditarse como agente participante, es necesario ser representante de una organización de la sociedad civil debidamente acreditada; los requisitos serán los siguientes: A. Para la Sociedad Civil Organizada: a.1 Ficha de inscripción, con carácter de Declaración Jurada (Anexo Nº 1). a.2 Copia de Resolución emitida por la Municipalidad Provincial del Callao, que acredite la inscripción en el registro de organizaciones o fotocopia fedateada o legalizada del documento registral con antigüedad no mayor a tres meses o del libro de actas de la organización que evidencie ser una organización de alcance provincial y acredite vida institucional no menor de doce meses antes de la fecha de la solicitud de inscripción. a.3 Fotocopia simple del documento nacional de identidad ­ DNI, del agente participante titular y alterno. a.4 Declaración jurada de no participar o haber participado en procesos participativos distritales y/o regional en la Provincia Constitucional del Callao, del año correspondiente. a.5 Declaración jurada de haber sido designado para el proceso participativo en curso por la organización a la cual pertenece. La documentación estará sujeta a verificación y de no ser comprobables, se procederá con las acciones administrativas y legales correspondientes, siendo causal de invalidación del voto emitido por el agente participante en falta.

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