Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2019 (07/05/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 7 de mayo de 2019 /

El Peruano

completa de funcionarios y servidores públicos sujetos al ámbito de aplicación de la presente norma conforme al Anexo 02 del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad. La publicación de la lista deberá efectuarse dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la emisión de la presente norma, la cual deberá actualizarse de manera periódica. Artículo Setimo.- Forma de presentación La Declaración Jurada de Intereses se presenta en forma física y/o digital a través de la Subgerencia de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración de la entidad, según Formato del Anexo 01. Artículo Octavo.- Oportunidad de presentación La oportunidad de presentación de la Declaración Jurada de Intereses se realiza de la siguiente manera: a) Al inicio: Dentro de los quince (15) días hábiles de haber sido designado y/o contratado. b) De actualización: Durante el ejercicio, con una periodicidad anual contada desde la presentación de la declaración jurada. c) De cese: Dentro de los quince (15) días hábiles de haber cesado en el puesto. En caso el sujeto obligado cambie de cargo o puesto, deberá presentar su declaración jurada de cese de puesto y de inicio del nuevo puesto. Artículo Noveno.- Publicación de la Declaración Jurada de Intereses Las Declaraciones Juradas de Intereses de los sujetos obligados son publicadas en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad edil, desde la fecha de su presentación. En el caso de la publicación en el Portal de Transparencia Estándar, la responsabilidad de su debida publicación recae en el funcionario responsable designado. Artículo Décimo.- Seguimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses La Subgerencia de Recursos Humanos quien asume las funciones de la Oficina de Integridad Institucional efectuará el seguimiento y requerimiento, de corresponder, para garantizar el cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses. Para dicho efecto, se podrá contar con el apoyo de la Gerencia de Tecnología de la Información. Artículo Undécimo.- Publicación del Decreto de Alcaldía. El presente Decreto será publicado en el diario oficial "El Peruano"; en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 0042008-PCM, para los fines consiguientes. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Plazo para la presentación de la Declaración Jurada de Intereses Los funcionarios, servidores civiles y otros comprendidos en la presente norma que se encuentren ejerciendo funciones, cuenta con un plazo de veinticinco (25) días hábiles para presentar la Declaración Jurada de Intereses conforme al procedimiento establecido en el presente Decreto de Alcaldía, a partir del día siguiente de la publicación de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS Alcalde 1766563-1

Declaran el Desabastecimiento Inminente del "Servicio de Riego de las áreas verdes del distrito de Jesús María"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2019-MDJM Jesús María, 30 de abril del 2019. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTOS: En Sesión Ordinaria N° 8 de la fecha, el Memorándum N° 248-2019-MDJM/GGA, de fecha 22 de marzo del 2019, de la Gerencia de Gestión Ambiental, el Memorándum N°565-2019/MDJM-GA, de fecha 25 de marzo del 2019, de la Gerencia de Administración, el Informe de Indagación de Mercado N° 02-2019-REVJ, de fecha 11 de abril del 2019, el Informe N° 690-2019-SGLGA/MDJM, de fecha 12 de abril del 2019, de la Subgerencia de Logística, el Memorándum Nº 706-2019/ MDJM-GA, de fecha 15 de abril del 2019, de la Gerencia de Administración, el Memorándum N° 212-2019-MDJM/ GPDI, de fecha 24 de abril del 2019, de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional, el Informe N° 175-2019/GAJRC/MDJM, de fecha 25 de abril del 2019, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 682-2019-MDJM/GM de fecha 06 de abril del 2019, de la Gerencia Municipal, el Dictamen de Comisión Conjunta N° 006-2019-MDJM-CBDES/CAJ/CEPP, de fecha 26 de abril del 2019, de la Comisión de Bienestar, Desarrollo Económico y Social, la Comisión de Asuntos Jurídicos, la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y Locales, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el literal c) del artículo 27° de la Ley N° 30225, establece los supuestos de contratación directa, los cuales constituyen causales que habilitan a la Entidad a contratar directamente con un proveedor cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas, sin perjuicio del cumplimiento previo de los actos formales; es así que, entre estas causales se encuentra la referida a la existencia de una situación de desabastecimiento debidamente comprobada, que afecte o impida a la Entidad cumplir con sus actividades u operaciones; Que, el literal c) del artículo 100° del Reglamento de la Ley de Contrataciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018, señala que la situación de desabastecimiento se configura ante la ausencia inminentes de un determinado bien, servicio en general o consultoría, debido a la ocurrencia de una situación extraordinaria e imprevisible, que compromete la continuidad de las funciones, servicio, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a contratar, bienes, servicios en general o consultorías solo por el tiempo y/o cantidad necesario para resolver la situación y llevar a cabo el procedimiento de selección que corresponda; Que, mediante Memorándum N° 248-2019-MDJM/ GGA, la Gerencia de Gestión Ambiental en su calidad de área usuaria, informa que el 06 de enero del 2018, se suscribió el Contrato de Servicio N° 01-2018-MDJM, con la empresa GARDEN KORPS SAC, derivado del Proceso de Selección ­ Contratación Directa N° 01-2017-SL-MDJM, por un monto de S/657,900.00 (Seiscientos cincuenta y siete mil novecientos con 00/100 soles) y un plazo de ejecución de noventa (90) días calendarios, el cual venció el 06 de abril del 2018, fecha desde la cual no se brinda el citado servicio; asimismo, el Concurso Público N° 02-

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