Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2019 (17/05/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

62

NORMAS LEGALES

Viernes 17 de mayo de 2019 /

El Peruano

con la finalidad de mejorar la gestión Pública y construir un Estado Democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Asimismo, en su artículo 5º establece que, el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta fundamentalmente en las siguientes acciones: a) Mejorar la calidad de la prestación de bienes y servicios coadyuvando al cierre de brechas. b) Concertación, con la participación de la sociedad civil y las fuerzas políticas, diseñando una visión compartida y planes multianuales, estratégicos y sustentables. c) Descentralización, a través del fortalecimiento de los Gobiernos Locales y Regionales y la gradual transferencia de funciones. d) Mayor eficacia y eficiencia en el logro de los objetivos y en la utilización de los recursos del Estado, eliminando la duplicidad o superposición de competencias, funciones y atribuciones. e) Revalorización de la Carrera Pública, se pone especial énfasis en el principio de la ética pública y la especialización, así como el respeto al Estado de Derecho. f) Institucionalización de la evaluación de la gestión por resultados, a través del uso de modernos recursos tecnológicos, la planificación estratégica y concertada, la rendición pública y periódica de cuentas y la transparencia a fin de garantizar canales que permitan el control de las acciones del Estado. g) Regulación de las relaciones intersectoriales, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013PCM, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, la cual tiene 5 Pilares centrales: i) Las políticas públicas nacionales y el planeamiento, ii) El presupuesto por resultados, iii) La gestión por procesos y la organización institucional, iv) El servicio civil meritocrático y v) El seguimiento, monitoreo, evaluación y la gestión del conocimiento; elaborados sobre la base de los componentes del modelo de gestión por resultados y complementados por 3 ejes transversales: i) El gobierno abierto, ii) El gobierno electrónico y iii) La articulación interinstitucional; siendo animados por un proceso explícito de gestión del cambio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, el cual regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, derogando el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones; Que, con Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno al 2021, con cinco (05) Ejes de política y Dieciocho (18) Lineamientos Prioritarios, para el cual las instancias de los tres (03) niveles de Gobierno deben efectuar y articular acciones a fin de dar cumplimiento a la Política, contribuyendo cada uno desde su espacio territorial; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2015-CRGRH, de fecha 15 de marzo de 2015, se aprobó Declarar de Necesidad Pública e Interés Regional el Proceso de Modernización de la Gestión Pública y la Implementación intensiva del Gobierno Electrónico en el Gobierno Regional Huánuco; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1026, se establece un régimen especial facultativo para los Gobiernos Regionales y Locales que deseen implementar procesos de modernización institucional integral. Para tal efecto la precitada norma, precisa que tiene por finalidad facultar a los gobiernos regionales y locales a implementar un proceso de modernización institucional integral para mejorar los servicios a la ciudadanía y potenciar el desarrollo de sus jurisdicciones, así como hacer efectivo el traslado de recursos humanos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales en el marco del proceso de descentralización. El proceso de modernización institucional integral comprende aspectos de reestructuración, simplificación administrativa, orientación a resultados, mejora de la calidad del gasto y democratización; Que, la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en el Informe Nº 48-2019-GRHCO/GRPPAT/SGDIS, concluye: (...) con la finalidad de contar con un marco normativo regional, que permita fortalecer las acciones a implementarse, es preciso contar con una norma de carácter general y

de cumplimiento obligatorio que Declare en Proceso de Reestructuración y Reorganización al Pliego 448 Gobierno Regional Huánuco, para lo cual la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas, y con la Participación de todos sus Órganos, Unidades Orgánicas, deberá elaborar en un plazo máximo de 60 días calendarios, un Plan de Implementación del mencionado proceso de Reorganización, así mismo desarrollar las acciones que de este se desprendan según cronograma aprobado en el mencionado Plan; Que, con Informe Nº 211-2019-GRH-GGR/ORAJ, emitido por la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, sobre Autorización para proceso de reestructuración administrativa, y aclarado mediante Informe Nº 247-2019-GRH-GGR/ORAJ, se concluye que: El Consejo Regional se encuentra facultado a declarar el proceso de reorganización administrativa del Gobierno Regional Huánuco, a través de la emisión de una Ordenanza Regional; Que, dentro de ese contexto normativo resulta necesaria la modernización de los órganos regionales, así como los procesos, instrumentos de gestión, así como la modificación de la estructura orgánica, que permita lograr la implantación de una gestión pública moderna y eficiente con capacidad para responder a las demandas de desarrollo regional, para lo cual se requiere adoptar las acciones necesarias orientadas a la modernización de la gestión pública del Pliego 448 Gobierno Regional Huánuco, que comprende la ejecución de los siguientes procesos: Reestructuración Orgánica, Reorganización Administrativa y de Recursos Humanos, Reestructuración del Sistema de Planificación y Modernización Informática; Que, mediante Dictamen Nº 007-2019-GRHCO-CR/ CPPPATyAL de fecha 22 de marzo de 2019, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional Huánuco, proponen Declarar en Reestructuración y Reorganización Administrativa el Pliego 448 Gobierno Regional Huánuco; Que, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Huánuco, el día 25 de marzo de 2019, se trató el Dictamen Nº 007-2019-GRHCO-CR/ CPPPATyAL de fecha 22 de marzo de 2019, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional Huánuco, después del análisis y debate correspondiente fue sometido a votación, el cual se aprobó por UNANIMIDAD; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; El Reglamento Interno de Consejo Regional Huánuco y a lo aprobado por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR, en Reestructuración y Reorganización Administrativa el Pliego 448 Gobierno Regional Huánuco, en el Marco del Proceso de Modernización de la Gestión Pública. Artículo Segundo.CONCEDER, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial un plazo de 60 días calendarios para la presentación ante el Consejo Regional del proyecto de Reestructuración del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, al Ejecutivo Regional, la designación de una Comisión de Alto Nivel para la elaboración del proyecto de reestructuración con la participación de todos los sectores involucrados. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.