Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2019 (17/05/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

66

NORMAS LEGALES

Viernes 17 de mayo de 2019 /

El Peruano

respecto a disponibilidad presupuestal por la suma de S/.18 500,00, para el equipamiento (computadora, laptop o proyector multimedia) y los bienes de (escritorio, sillas y armarios); Que, con Informe Legal Nº 256-2019-GRSM/ORAL, de fecha 03 de mayo del 2019, el Director de la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, Opina procedente la transferencia financiera de S/.18 500.00 a favor de la Mancomunidad Regional Marco Regional Nor Oriental del Perú, de conformidad con la opinión técnica de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional San Martín; Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional San Martín, llevado a cabo el día viernes 3 de mayo del 2019, aprobó por Unanimidad el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera, en la modalidad de aporte para el cumplimiento del Plan Operativo anual y la ejecución del presupuesto de la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú, para el año 2019, debiendo afectar dicha transferencia a la siguiente estructura de gasto: Pliego : 459 Gobierno Regional San Martín Fuente de Financiamiento : Recursos Ordinarios. Unidad Ejecutora : 001 Sede Central Categoría Presupuestal : 9001 Acciones Centrales Actividad : 5000003 ­ Gestión Administrativa Genérica de Gasto : 2.4 Donaciones y Transferencias Monto : S/.18,500.00 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites respectivos para la publicación del presente Acuerdo Regional, en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS ALBERTO ALIAGA ROJAS Presidente del Consejo Regional 1769448-1

Ley de Reforma Constitución - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, modificado por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 28013, Reglamento del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: "Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia". Que, el artículo 13 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: "El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente ley y aquellas que le sean delegadas". Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de abril de 2019, mediante Citación Nº 010-2019-GRU-CRSCR., se dispone como tercer punto de agenda, la Carta de Invitación de fecha 09 de Abril de 2019, remitido por ONWARD Internacional S.A.C., a la señora Jessica Lizbeth Navas Sánchez ­ Consejera Delegada del Consejo Regional, para participar en la "Gira de Especialización Internacional sobre Seguridad Ciudadana, prevención de delitos en territorios, desarrollo del turismo para Gobiernos Regionales y Locales", en las ciudades de Tel Aviv, Kfar Saba, Jerusalén, Nazareth y Galilea en el Estado de Israel, del 16 al 23 de mayo de 2019. Que, el literal h) del artículo 3 del Reglamento Interno del Consejo Regional, sobre las atribuciones del Consejo Regional, señala: "Autorizar los viajes al extranjero en comisión de servicio o de representación del Gobernador Regional, Vicegobernador Regional y de los Consejeros Regionales". Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de abril de 2019, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac Nº 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por unanimidad, se aprueba lo siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- AUTORIZAR el VIAJE AL EXTERIOR del país, de los Consejeros Regionales señora Jessica Lizbeth Navas Sánchez y el Abogado Erik Ramos Tello, del 15 al 24 de mayo de 2019, con la finalidad de participar en la "Gira de Especialización Internacional sobre Seguridad Ciudadana, prevención de delitos en territorios, desarrollo del turismo para Gobiernos Regionales y Locales", en las ciudades de Tel Aviv, Kfar Saba, Jerusalén, Nazareth y Galilea en el Estado de Israel. Artículo Segundo.- ESTABLECER que la inscripción de la Consejera Regional señora Jessica Lizbeth Navas Sánchez, a la gira indicado en el Artículo Primero, no irrogan gastos al Gobierno Regional; los gastos de pasajes aéreos de la ciudad de Pucallpa ­ Lima - Estado de Israel ­ Lima - Pucallpa, serán cubiertos por el Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Tercero.- ESTABLECER que los gastos de inscripción por la participación del Consejero Regional Abogado Erik Ramos Tello, a la gira indicado en el Artículo Primero, asciende a la suma de $ 3,000 (Tres Mil Dólares Americanos) que equivale al 50% por concepto de media

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Autorizan viaje de Consejeros Regionales a Israel, en comisión de servicios
ACUERDO REGIONAL Nº 079-2019-GRU-CR Pucallpa, veintidós de abril de dos mil diecinueve. POR CUANTO: Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.