Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2019 (01/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Viernes 1 de noviembre de 2019
N° Actividades Fecha 3° Taller Trabajo · Informe de Rendición de Cuentas Sábado 4 de Presupuesto Participativo 2018 y mayo a las 1° trimestre 2019. 8:30 am · Informe del Comité de Vigilancia Lugar: Auditorio 2018 del Gobierno · Elección del Comité de Vigilancia Regional 2020 Lambayeque · Formulación de acuerdos y evaluación del proceso. Fase IV: FORMALIZACIÓN Martes 7 de mayo a las 3:00pm Presentación de los resultados del Lugar: Oficina Presupuesto Participativo al CCR de Estudios de para opinión concertada. Preinversión y Promoción de Inversiones Fecha por determinar Presentación y aprobación del de acuerdo a Presupuesto Participativo 2020 al disponibilidad Consejo Regional. del Consejo Regional Remisión de los resultados del Hasta el 24 de proceso al Ministerio de Economía mayo y Finanzas.

NORMAS LEGALES
Responsables

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· Gobernación Regional · Comité de Vigilancia · CCR · Equipo Técnico

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· Gobernación Regional · CCR · Equipo Técnico

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· Gobernación Regional · ORPP · OFEPPI · Gobernación Regional · ORPP · OFEPPI

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Tercera.- Los aspectos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el Consejo de Coordinación Regional - CCR, en estricta observancia de la normatividad vigente, y a las disposiciones que sobre el particular puede emitir el Ministerio de Economía y Finanzas. Cuarta.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación por el Consejo Regional. Chiclayo, Marzo del 2019 1822491-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Autorizan viaje de Gerente General del PATPAL - FBB a Argentina, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO DIRECTIVO N° 028-2019-PATPAL-FBB/CD San Miguel, 25 de setiembre de 2019 EL CONSEJO DIRECTIVO DEL PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS ­ FELIPE BENAVIDES BARREDA; VISTOS: El Informe N° 151-2019-GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído N° 749-2019/GG, emitido por la Gerencia General; el Informe N° 1802019/GOS, emitido por la Gerencia de Operaciones y Seguridad; y el Informe N° 543-2019/GOS-SZO, emitido por la Subgerencia de Zoología; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone la Ley Nº 28998, el Patronato del Parque de las Leyendas - Felipe Benavides Barreda (PATPAL-FBB) es un Organismo Público Descentralizado adscrito a la Municipalidad Metropolitana de Lima, con autonomía técnica, económica y administrativa; que tiene como finalidad proporcionar bienestar, esparcimiento y recreación cultural en favor de la comunidad;

Que, la Asociación Mundial de Zoológicos y Acuarios (WAZA) es la alianza global de asociaciones regionales, federaciones nacionales, zoológicos y acuarios, dedicada al cuidado y conservación de los animales y sus hábitats en todo el mundo; promoviendo la cooperación entre los principales zoológicos, acuarios, asociaciones nacionales y regionales, así como con los principales expertos en vida silvestre, academias y universidades; quien además brinda apoyo para el manejo de la conservación de especies y la cría de animales en el cuidado humano, al tiempo que alienta los más altos estándares en las instituciones que son miembros; Que, mediante Informe N° 543-2019/GOS-SZO de fecha 24 de setiembre de 2019, la Subgerencia de Zoología señala que del 03 al 07 de noviembre de 2019 se realizará, en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, la 74 Conferencia Anual de la WAZA, organizada por la Fundación Temaikèn; agregando que en esta se abordarán problemas desafiantes que conciernen a todos los asistentes, tales como la contaminación de los océanos, el poder de la tecnología, la revisión de los modelos de negocios, cómo atraer a más visitantes a los zoológicos y acuarios, y, sobre todo, promover el trabajo en colaboración, creando redes; Que, en ese sentido, se sugiere la participación del Gerente General del PATPAL-FBB en el mencionado evento, con la finalidad de tomar contacto con los principales zoológicos y acuarios del orbe, facilitando así el intercambio de especies en mejora de su colección zoológica y la adopción de los estándares vigentes para el cuidado de los animales; además de poder insertar a la institución de dicha red mundial, y lograr, en el tiempo, la eventual membresía en la WAZA, una vez cumplidos los requisitos necesarios; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2019, dispone que: "(...) los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...). La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias."; Que, mediante Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; precisando en sus artículos 3 y 4 que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; y que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la Escala de Viáticos aprobada por Decreto Supremo; Que, conforme lo dispone el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias: "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, sea debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos (...)."; Que, en el artículo 5 del Reglamento de la Ley N° 27619, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, se establece la "Escala de Viáticos por Zonas Geográficas"; Que, el literal c) del numeral 6.4.2 de la Directiva N° 002-2013/MML-PATPAL-FBB ­ "Procedimiento para el otorgamiento de Viáticos y pasajes por Comisión de Servicios y Rendiciones de Cuentas en el Patronato del Parque de las Leyendas - Felipe Benavides Barreda", contiene la "Escala de Viáticos fuera del Territorio Nacional", la misma que establece que el monto de los viáticos para viajes a América del Sur asciende a US$ 200.00 diarios; norma que debe concordarse con el artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 27619, que dispone que: "Los viáticos que se otorguen (...) serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y

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