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98 NORMAS LEGALES Domingo 10 de noviembre de 2019 / El Peruano Artículo 15º.- Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes La Municipalidad de San Luis, establece la cuarta semana del mes de mayo, como semana central del “Mes de lucha contra la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes”, de conformidad con la Resolución Ministerial 122-2007-MIMDES, modi fi cada mediante Resolución Ministerial Nº 053-2013-MIMP, por lo que se deberán realizar actividades en marco de dicha fecha. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera: Facultades expresas Autorizar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente la presente ordenanza mediante el cual se dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la aplicación de la presente ordenanza. Segunda: De las normas conexas y complementarias Son normas de aplicación complementarias a la presente ordenanza la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, Código Procesal Civil y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad distrital de San Luis. Tercero: Incremento de Presupuesto El Presupuesto que destine la Municipalidad distrital de San Luis al “Programa de Atención, Fortalecimiento y Desarrollo de Capacidades de Niñas, Niños y Adolescentes”, se incrementará anualmente en una cantidad idéntica al importe obtenido como consecuencia de las sanciones impuestas en aplicación de la presente ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera: Regulación transitoria Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Promoción Económico y Social, Subgerencia de Salud y Bienestar Social, Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, Control y Sanciones, Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Licencias y demás unidades orgánicas de esta institución municipal. Segunda: Plazo de adecuación Fíjese un plazo de 30 (treinta) días hábiles a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza para que las áreas involucradas se adecúen a la misma. Tercera: Plazo de implementación de la Ruta Fíjese un plazo de 4 (cuatro) meses a partir de la aprobación de la “Ruta de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas de Explotación Sexual” (Anexo 2) para emitir su respectiva “Guía de Atención”, bajo responsabilidad de la Subgerencia de Salud y Bienestar Social. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación de la Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis.gob.pe y en el portal electrónico del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe POR TANTO: Mando se regístre, publíquese, comuníquese y cúmplase. DAVID RICARDO V. ROJAS MAZA Alcalde 1825225-1MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ordenanza que aprueba procedimientos, servicios administrativos prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el TUPA de la municipalidad ORDENANZA N° 000272/MDSA Santa Anita, 17 de setiembre de 2019EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorando Nº 293-2019-GPP/MDSA, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 765-2019-GAJ/MDSA, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 498-2019-MDSA/GM, de la Gerencia Municipal, referidos a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 40.3 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad; Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos Para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que, en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza; Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario O fi cial El Peruano, en tanto que el TUPA y la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario O fi cial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal Institucional; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – en su artículo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser rati fi cados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 2085-MML, la cual regula el procedimiento de rati fi cación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modi fi can o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, con Memorándum N° 293-2019-GPP/MDSA la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, ha elaborado el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, a través del cual se aprueban los procedimientos