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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (10/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Domingo 10 de noviembre de 2019 El Peruano / Ordenanza en los portales respectivos, en la misma fecha de la publicación de la ordenanza, en el diario o fi cial. POR TANTO:Mando se registre, publíquese, comuníquese y cúmplase. DAVID RICARDO V. ROJAS MAZA Alcalde 1825228-1 Ordenanza para la atención e intervención frente a la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes ORDENANZA Nº 281-2019-MDSL/C San Luis, 29 de octubre de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO:El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha. VISTO:El Informe Nº 502-2019-MDSL/GPES de la Gerencia de Promoción Económico y Social, Informe Nº 080-2019-GPEP/MDSL de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, Informe Legal Nº 315-2019-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 069-2019-MDSL-GM de la Gerencia Municipal; entre otros; sobre el proyecto de ordenanza “Para la Atención e Intervención frente a la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes”; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, “Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes” establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); Que, el primer párrafo del artículo 40 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en la que las municipalidades tienen competencias normativas; Que, el artículo 39 del mismo cuerpo legal establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos, señalando a su vez el inciso 8 del artículo 9 de la misma norma que es atribución de Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos de Concejo; Que, en materia de programas sociales, defensa y promoción de derechos, el artículo 84º inciso 2 numerales 2.4 y 2.5, establecen que las municipalidades distritales tienen como función organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación; así como contribuir al diseño de las políticas y planes nacionales, regionales y provinciales de desarrollo social, y de protección y apoyo a la población en riesgo;Que, en ese contexto cabe resaltar que mediante Decreto Supremo Nº 001-2012-MIMP se aprobó el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia, la cual fue elevada a rango de Ley, mediante Ley Nº 30632, la cual a su vez dispuso en su artículo 6º que los gobiernos regionales y locales constituirán un espacio multisectorial para la formulación, implementación, monitoreo, evaluación y rendición de cuentas, de acuerdo a sus competencias, de sus planes regionales y locales de acción por la infancia y la adolescencia, teniendo como referencia el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia - PNAIA 2012-2021; Que, en ese sentido la Gerencia de Promoción Económico y Social a través del Informe Nº 052-2019-MDSL/GPES, propone el proyecto de Ordenanza “Para la Atención e Intervención frente a la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescente” el cual tiene por objeto atender y prevenir la explotación sexual infantil y adolescente en el distrito de San Luis, además de articular y uniformizar criterios de atención y sanción al momento de realizar las intervenciones en focos de explotación sexual infantil y adolescente; al respecto el Gerente de Planeamiento Estratégico y Presupuesto a través del Informe Nº 080-2019-GPEP/MDSL opina favorablemente la aprobación de la ordenanza; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal Nº 315-2019-MDSL/GAJ, señala que de la revisión integral del proyecto de ordenanza remitido se advierte que este se encuentra acorde al marco legal respectivo y que permitirá a nuestra comuna edil cumplir a cabalidad las funciones que le asigna la Ley Orgánica de Municipalidades, así como la Ley Nº 30632, razón por la cual opina jurídicamente procedente su aprobación; asimismo, cuenta con la opinión favorable de la Comisión Conjunta Nº 004-2019-CEPyAL-CAS de la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales y Asuntos Sociales; Estando al uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta y con cargo a redacción el Pleno de Concejo aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA PARA LA ATENCIÓN E INTERVENCIÓN FRENTE A LA EXPLOTACIÓN SEXUAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I: DEL OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y BASE LEGAL Artículo 1º.- Objeto de la ordenanza La presente ordenanza tiene por objeto atender y prevenir la explotación sexual infantil y adolescente en el distrito de San Luis, además de articular y uniformizar criterios de atención y sanción al momento de realizar las intervenciones en focos de explotación sexual infantil y adolescente. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación El ámbito de aplicación de la presente ordenanza se circunscribe al distrito de San Luis. Artículo 3º.- Base legal Constituyen base legal de la presente Ordenanza: • Constitución Política del Perú • Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.• Convención de los Derechos del Niño• Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2012-2021 • Ley Nª 27337, Código de los niños y adolescentes.• Ley 28251, Ley que modi fi ca diversos artículos del libro segundo del Código Penal.