TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de noviembre de 2019 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma total de S/ 16 248,60 (DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 60/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Banco de la Nación, en cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio N° 001-2018-MINEDU, denominado “Convenio de Cooperación Interinstitucional que celebra el Ministerio de Educación y el Banco de la Nación” y la Adenda N° 001 al Convenio N° 001-2018-MINEDU, suscrito entre Ministerio de Educación y el Banco de la Nación. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera referida en el artículo precedente, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 3.- El Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Desarrollo Docente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1826133-1 Autorizan viaje de Directora General de la Escuela Nacional Superior de Ballet a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 560-2019-MINEDU Lima, 12 de noviembre de 2019Vistos, el Expediente Nº MPT2019-EXT-0180948, el Ofi cio N° 00939-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe N° 081-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA-GMCT de la Dirección de Servicios de Educación Técnico Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe N° 00170-2019-MINEDU/SG-OGCI de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, y el Informe N° 07-2019-ENSB/DG de la Dirección General de la Escuela Nacional Superior de Ballet; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Carta de fecha 02 de agosto de 2019, el Maestro Fundador Cesar Monroy, en representación de “Los Danzantes Industria Creativa Cultural y la Red Danza en Pareja”, cursa invitación a la Escuela Nacional Superior de Ballet - ENSB, para participar en el XV Festival Internacional Intinerante, que se llevará a cabo del 23 al 29 de noviembre de 2019, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, el referido Festival tiene como objetivo promover y posibilitar la participación de destacadas parejas de bailarines de alta calidad técnica y artística, de distintas corrientes de la danza en un mismo escenario; asimismo, durante el Festival se realizarán presentaciones coreográ fi cas, espacios de re fl exión y talleres de capacitación prácticos; Que, mediante Informe N° 07-2019-ENSB/DG la Dirección General de la ENSB sustenta y solicita la elaboración de la Resolución Ministerial que autoriza el viaje al exterior de la señora GINA ROSSINA NATTERI MARMOL DE VILALLONGA, Directora General de la ENSB, para participar en el referido Festival; Que, a través del Informe N° 00170-2019-MINEDU/ SG-OGCI, la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales mani fi esta que resulta relevante la participación de la señora GINA ROSSINA NATTERI MARMOL DE VILALLONGA, Directora General de la ENSB, en el referido Festival, toda vez que le permitirá fortalecer sus competencias profesionales y académicas, así como experimentar procesos de intercambio profesional y académico en espacios internacionales relacionados a la danza clásica; Que, por lo expuesto y siendo de interés para la ENSB, resulta necesario autorizar el viaje de la señora GINA ROSSINA NATTERI MARMOL DE VILALLONGA, Directora General de la ENSB, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 122: Escuela Nacional Superior de Ballet; mientras que los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos por el organizador del Festival; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año fi scal 2019 establece que durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; asimismo, dispone que la autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la Secretaría General, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución de Secretaria General N° 285-2017-MINEDU, que aprueba la Directiva N° 006-2017-MINEDU/SG, “Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes al exterior y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Ministerio de Educación”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora GINA ROSSINA NATTERI MARMOL DE VILALLONGA, Directora General de la Escuela Nacional Superior de Ballet - ENSB, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 23 al 29 de noviembre de 2019, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán con cargo Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 122: Escuela Nacional Superior de Ballet, de acuerdo al siguiente detalle: GINA ROSSINA NATTERI MARMOL DE VILALLONGA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 940,00Artículo 3.- Disponer que la profesional citada en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el