Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2019 (13/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de noviembre de 2019 /

El Peruano

de contratación pública bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, entre otros; Que, las modificaciones realizadas a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento afectan la delegación de facultades efectuada mediante Resolución Ministerial N° 001-2019-EF/43, motivo por el cual resulta necesario modificar la misma; De conformidad con lo señalado en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 301-2019EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifícase el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 001-2019-EF/43, en los siguientes términos: "Artículo 2. Delegación en materia de contratación pública bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento vigentes (...) 2.2 Delegar en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, las siguientes funciones y atribuciones previstas en la Ley y su Reglamento: (...) b) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección, con excepción de los procedimientos de adjudicación simplificada; así como para las contrataciones realizadas, a través de catálogos electrónicos de acuerdos marco. (...) x) Autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad con la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD "Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco". y) Disponer el inicio de las acciones pertinentes, de acuerdo con las normas y procedimientos disciplinarios aplicados, en los casos previstos en el numeral 8.11 de la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD "Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco". (...)" Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1826136-1

Nacional de Presupuesto Público, señala que la evaluación es el análisis de la efectividad de las intervenciones respecto del resultado esperado, de la eficiencia asignativa, de la eficiencia en la provisión de los servicios, y de la eficiencia de los procesos de soporte críticos; Que, el numeral 57.2 del artículo 57 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que las evaluaciones independientes son realizadas por la Dirección General de Presupuesto Público, para lo cual aprueba mediante directiva los tipos de evaluaciones, fases y especificaciones técnicas que correspondan; tomando en cuenta criterios de oportunidad de generación de información para la toma de decisiones, calidad técnica y transparencia; Que, asimismo, el numeral 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, y en coordinación con los Pliegos y Entidades a las que se refiere el Título V de dicho Decreto Legislativo, se encuentra a cargo del Informe Global de la Gestión Presupuestaria, el cual consiste en: i) la revisión de los resultados obtenidos durante la gestión presupuestaria, sobre la base de los indicadores y otros instrumentos que se definan en el seguimiento; ii) la revisión del avance de la ejecución del gasto en términos financieros; y iii) los resultados de las evaluaciones; Que, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas por el inciso 4 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, referidas a la promoción del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario aprobar la "Directiva que regula la Evaluación en el marco de la fase de Evaluación Presupuestaria"; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar la Directiva N° 007-2019-EF/50.01 "Directiva que regula la Evaluación en el marco de la fase de Evaluación Presupuestaria", así como sus anexos: Anexo 01 Contenidos mínimos de una Evaluación de Diseño (EDIS), Anexo 02 Contenidos mínimos de una Evaluación de Procesos (EPRO), Anexo 03 Contenidos mínimos de una Evaluación de Impacto (EI), Anexo 04 Contenidos mínimos de una Revisión de Gasto (RG), Anexo 05 Contenidos mínimos de una Ayuda Memoria (AM), Anexo 06 Contenidos mínimos de un Position Memo (PM), Anexo 07 Contenidos mínimos de los Términos de Referencia de una evaluación, Anexo 08 Ficha Técnica de los Indicadores de la Evaluación Institucional Financiera, Anexo 09 Compromiso de Confidencialidad, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2. Dejar sin efecto la Directiva Nº 009-2008EF/76.01 "Directiva para las Evaluaciones Independientes en el Sistema Nacional de Presupuesto Público en el Marco del Presupuesto por Resultados" aprobada por la Resolución Directoral N° 053-2008-EF/76.01, la Directiva Nº 005-2012-EF/50.01 "Directiva para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2012" aprobada por la Resolución Directoral Nº 017-2012-EF/50.01, y la Directiva Nº 006-2012-EF/50.01 "Directiva para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales" aprobada por la Resolución Directoral Nº 019-2012-EF/50.01. Artículo 3. La presente Resolución Directoral se publica en el Diario Oficial El Peruano. La presente Resolución Directoral, la Directiva aprobada en el artículo 1 de esta Resolución Directoral y sus Anexos, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma.

Aprueban "Directiva que regula la Evaluación en el marco de la fase de Evaluación Presupuestaria" y sus anexos
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 030-2019-EF/50.01 Lima, 6 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, el numeral 57.1 del artículo 57 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema

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