Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2019 (13/11/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de noviembre de 2019 /

El Peruano

del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 12752019 de la cuadragésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Lisdey Magaly Bueno Flores, Jueza titular del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Lima, a su designación como Jueza del Tercer Juzgado Penal Unipersonal Nacional Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. Artículo Segundo.- Designar al señor René Santos Zelada Flores, Juez titular del Octavo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, como Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal Nacional Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. Artículo Tercero.- Disponer que la medida establecida no debe generar el quiebre de las audiencias en giro ante el órgano jurisdiccional en el cual desempeña funciones el juez designado. En consecuencia, el referido juez, de ser el caso, deberá asistir a las audiencias programadas con su intervención, a fin de evitar el quiebre de juicios. Artículo Cuarto.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano; y la Presidenta de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, supervisará su debido cumplimiento. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, jueces mencionados; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1826016-1

CONSIDERANDO: Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac solicita la ampliación de competencia funcional y la redistribución de carga procesal de órganos jurisdiccionales (Juzgados de Investigación Preparatoria y Juzgados Penales Unipersonales) de los Distritos de Andahuaylas y Abancay; en aras de equilibrar la carga procesal, coadyuvar y fortalecer el funcionamiento de la administración de justicia, por razones de excesiva carga procesal. Segundo. Que, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal es un órgano de apoyo del Consejo Ejecutivo que tiene entre sus funciones, emitir opinión respecto a las propuestas de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de órganos jurisdiccionales bajo el nuevo Código Procesal Penal; así como de las propuestas efectuadas por la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto a los liquidadores del antiguo modelo. Tercero. Que, en ese contexto, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 173-2019-MYE-ST-UETICPP/PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la citada Unidad, por el cual se concluye que la solicitud de ampliación de competencia funcional es en atención a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 069-2017-CEPJ. Por ende, ello justificaría otorgar la ampliación de competencia funcional como mecanismo de solución para equiparar la carga procesal y la producción de expedientes resueltos; y, respecto a la redistribución de carga procesal se confronta que los juzgados penales especializados de los Distritos de Andahuaylas y Abancay, afrontan una situación de sobrecarga procesal producto de una elevada carga de expedientes pendientes que vienen arrastrando del ejercicio anual anterior; así como de nuevos ingresos, ante ello, deviene en necesario realizar la descarga procesal de estos órganos jurisdiccionales mediante la redistribución de sus expedientes a otro órgano jurisdiccional, a efectos de mejorar su productividad y en aras de brindar un óptimo servicio de impartición de justicia. Cuarto. Que, de lo expuesto en el informe antes referido, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas para mejorar el servicio de administración de justicia, garantizando la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario, dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia, en mérito al Acuerdo N° 13192019 de la cuadragésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:

Amplían competencia funcional y disponen la redistribución de la carga procesal en diversos órganos jurisdiccionales de los distritos de Andahuaylas y Abancay, en el Distrito Judicial de Apurímac
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 429-2019-CE-PJ Lima, 30 de octubre de 2019 VISTOS: El Oficio N° 612-2019-P-UETICPP/PJ e Informe N° 173-2019-MYE-ST-UETICPP/PJ cursados por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y el Oficio N° 004-2019-P-ETI-DISTRITAL-CSJAP/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac.

Artículo Primero.- Disponer el cumplimiento de lo establecido en la Resolución Administrativa N° 069-2017-CE-PJ del 22 de febrero de 2017, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto a la ampliación de funciones de los órganos jurisdiccionales especializados (Juzgados Penales Unipersonales y Juzgados de Investigación Preparatoria) en proceso inmediato - Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y

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