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34 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de noviembre de 2019 / El Peruano Designan Administrador del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Ica RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 431-2019-CE-PJ Lima, 30 de octubre de 2019VISTO:El O fi cio N° 646-2019-P-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO:Primero. Que mediante el referido documento se remite la terna elevada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, para la designación del Administrador (Coordinador I) del Módulo Corporativo Laboral de dicho Distrito Judicial. Asimismo, adjunta la Evaluación y Validación de Cumplimiento de Per fi l para el mencionado cargo, efectuada por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, que se sustenta en lo previsto en el artículo 22° de la Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, que aprobó la “Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo”; modi fi cada por Resolución Administrativa N° 326-2016-CE-PJ. Segundo. Que por Resolución Administrativa N° 326-2016-CE-PJ, del 9 de diciembre de 2016, se modi fi có el artículo 11° de la mencionada Estructura Organizacional y Funcional, adicionando al texto original del inciso k) “Proponer ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial al Administrador del Módulo Corporativo Laboral, cuya designación se efectuará sobre la base de la terna propuesta por el Presidente del Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo”. Tercero. Que, en aplicación de la mencionada disposición, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica elevó la terna correspondiente al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; por lo que, se propone al señor Licenciado en Administración Jorge Saravia Saravia para el cargo de confi anza de Administrador (Coordinador I) del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Ica; y, quien de acuerdo a la hoja de vida que se anexa, cumple con el per fi l profesional señalado en la Resolución Administrativa N° 399-2014-CE-PJ. En consecuencia, evaluada la propuesta del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y en mérito al Acuerdo N° 1321- 2019 de la cuadragésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la señora abogada Rosario Elena Guzmán Cáceres, en el cargo de con fi anza de Administradora del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Ica. Artículo Segundo.- Designar al señor Licenciado en Administración Jorge Saravia Saravia, en el cargo de con fi anza de Administrador del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Ica. Artículo Tercero.- Disponer que el cumplimiento de la presente resolución, será a partir del día siguiente de publicada en el Diario O fi cial del Bicentenario El Peruano. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Ica, funcionarios mencionados; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1826016-3 Crean el Juzgado Penal Colegiado Nacional Conformado Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 433-2019-CE-PJ Lima, 30 de octubre de 2019VISTOS:El O fi cio N° 632-2019-P-UETICPP/PJ e Informe N° 228-2019-MYE-ST-UETICPP/PJ, cursados por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y el O fi cio N° 1712-2019-P-CSJE-PJ, remitido por la Presidenta (p) de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios informa sobre la remisión de dos expedientes del 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Corrupción de Funcionarios; por lo que, solicita para su juzgamiento la implementación de un Juzgado Penal Colegiado Nacional Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Segundo. Que, en ese contexto, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 228-2019-MYE-ST-UETICPP/PJ elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la citada Unidad, por el cual se concluye que resulta necesario contar con un Juzgado Penal Colegiado Nacional Permanente Conformado Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, para conocimiento de los expedientes propios de su naturaleza. Tercero. Que, por lo expuesto en el citado informe, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia, en mérito al Acuerdo N° 1323- 2019 de la cuadragésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas