Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2019 (14/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Que, en el marco de las normas antes señaladas, mediante Resolución Ministerial N° 226-2019-MINAM, se declaró en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en los distritos de Tamburco y Abancay, de la provincia de Abancay, departamento de Apurímac; en lo que respecta a la disposición final de residuos sólidos, por un plazo de sesenta (60) días calendario, debido a la problemática del "Botadero Quitasol Imponeda", la cual supone la afectación directa de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados, que pone en riesgo la calidad de los mismos; Que, la Resolución Ministerial antes indicada dispuso, entre otros aspectos, que la Municipalidad Provincial de Abancay, conjuntamente con la Municipalidad Distrital de Tamburco, elabore un Plan de Acción que contemple las actividades que se desarrollarán para atender la problemática identificada, así como los responsables de su ejecución; incluyendo la definición del lugar para la implementación de la infraestructura de disposición final de residuos sólidos, el cual debe contar con la aceptación por parte de la población ubicada en el área de influencia; Que, con Carta Notarial recibida el 25 de setiembre de 2019 y Oficio N° 1090-2019-MPA-A, el Frente de Defensa de los Intereses de Abancay junto con la Asociación de Propietarios y Productores Agrarios Patrón Santiago de Quitasol, y la Municipalidad Provincial de Abancay, respectivamente, solicitan la ampliación del plazo de la Declaratoria de Emergencia antes señalada, a fin de culminar con las acciones previstas para la atención de la situación del Botadero "Botadero Quitasol Imponeda", descrita en la Resolución Ministerial N° 226-2019-MINAM; Que, conforme a lo indicado en el Informe N° 00966-2019-MINAM/VMGA/DGRS, la Dirección General de Gestión Integral de Residuos Sólidos (DGRS), sobre la base de la evaluación de la información contenida en los documentos antes señalados, así como de lo informado por la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de Calidad Ambiental, a través del Memorando N° 193-2019-MINAM/ VMGA/GICA; señala que, a la fecha, persiste la problemática vinculada a la afectación directa de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados, referida a la Quebrada Derrumbe Huayco, ubicada en el distrito de Abancay, por causa de la operación de disposición final de residuos sólidos que se realiza en el área degradada denominada "Botadero Quitasol Imponeda", ubicada en el sector Quitasol, distrito de Abancay, provincia de Abancay y departamento de Apurímac; la misma que diera lugar a la declaratoria de emergencia dispuesta mediante Resolución Ministerial N° 226-2019-MINAM; Que, al respecto, la DGRS señala en el referido informe que la Municipalidad Provincial de Abancay continua realizando la disposición final en el "Botadero Quitasol Imponeda", debido a que se encuentra gestionando los procedimientos técnicos y administrativos para contar con el terreno donde se habilitará la infraestructura de disposición final de residuos sólidos a favor de la Municipalidad Provincial de Abancay; motivo por el cual no se ha solucionado la problemática relacionada a la afectación del cuerpo natural de agua y sus bienes asociados que fuese identificada por la Autoridad Administrativa de Agua APURÍMAC; Que, si bien el Frente de Defensa de los Intereses de Abancay y la Asociación de Propietarios y Productores Agrarios Patrón Santiago de Quitasol, así como la propia Municipalidad Provincial de Abancay, solicitaron la ampliación de la referida declaratoria de emergencia, teniendo en cuenta que el plazo de esta ha concluido, tal como lo señala la DGRS en su informe, corresponde disponer una nueva declaratoria de emergencia; Que, además, el Informe N° 00966-2019-MINAM/ VMGA/DGRS plantea, entre otros aspectos, la necesidad de que la Municipalidad Provincial de Abancay, en un plazo máximo de siete (7) días hábiles contados desde la emisión de la declaratoria de emergencia, presente un Plan de Acción actualizado que contemple, entre otras, las actividades que se desarrollarán para continuar atendiendo la problemática identificada, así como los responsables de su ejecución; Que, conforme se indica en la Resolución Ministerial N° 226-2019-MINAM, el botadero en referencia ha sido identificado como área degradada por residuos sólidos

municipales con la denominación "Botadero Quitasol Imponeda", en el cual disponen tanto la Municipalidad Provincial de Abancay y la Municipalidad Distrital de Tamburco; motivo por el cual, tanto el distrito del cercado de Abancay como el distrito de Tamburco, deben estar comprendidos en la declaratoria de la emergencia; Que, de lo antes señalado se advierte que se configura el supuesto necesario para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en los distritos de Tamburco y Abancay, de la provincia de Abancay, departamento de Apurímac, en lo que respecta a la disposición final de residuos sólidos, por afectación directa de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados, que pone en riesgo la calidad de los mismo; de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 125 del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en los distritos de Tamburco y Abancay, de la provincia de Abancay, departamento de Apurímac; en lo que respecta a la disposición final de residuos sólidos, por un plazo de sesenta (60) días calendario, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Abancay, conjuntamente con la Municipalidades Distrital de Tamburco, elabore un Plan de Acción actualizado que contemple, entre otras, las actividades que se desarrollarán para continuar atendiendo la problemática identificada, así como los responsables de su ejecución. El citado Plan deberá ser remitido a la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, contado desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer que el Gobierno Regional de Apurímac y las entidades públicas del Gobierno Central correspondientes adopten las acciones complementarias para garantizar la continuidad de la operación de disposición final de residuos sólidos en los distritos de Tamburco y Abancay, de la provincia de Abancay, departamento de Apurímac, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 128 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278. Artículo 4.- El Ministerio del Ambiente brindará asistencia técnica a la Municipalidad Provincial de Apurímac durante el desarrollo de las actividades para la implementación del Plan de Acción señalado en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de sus competencias. Artículo 5.- La declaratoria de emergencia dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no exime de las responsabilidades a que hubiere lugar por la inobservancia de funciones por parte de los servidores civiles de la Municipalidad Provincial de Apurímac y la Municipalidad Distrital de Tamburco. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1826650-1

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