Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2019 (16/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 16 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Nory Marilyn Vega Caro, Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras, del 17 al 20 de noviembre de 2019, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Nory Marilyn Vega Caro, Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras. Pasajes Viáticos x 03 días US$ 2,850.93 US$ 1,110.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, la servidora citada en el artículo 1 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA TERESA REVILLA VERGARA Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1827415-1

efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la modificación de los montos de las cuotas internaciones incluidas en el Anexo de la Ley de Presupuesto del Sector Público, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, el Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo el pago de cuotas anuales a favor de diversas organizaciones internacionales por un importe total de S/ 663 562.00 (SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES); entre ellas, la Oficina Internacional de Pesos y Medidas ­ BIPM por un importe de S/ 162 678,00 (CIENTO SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) y la Cooperación Internacional para la Acreditación de Laboratorios ­ ILAC por un importe de S/ 10 121.00 (DIEZ MIL CIENTO VEINTIUNO Y 00/100 SOLES); Que, de la evaluación realizada y priorización correspondiente, resulta necesario modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2019, de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad; a efectos de atender el pago de las cuotas anuales a favor de la Oficina Internacional de Pesos y Medidas ­ BIPM y la Cooperación Internacional para la Acreditación de Laboratorios ­ ILAC; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y del numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:

RELACIONES EXTERIORES
Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2019, de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019
DECRETO SUPREMO Nº 049-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece que el Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Calidad, así como responsable de su funcionamiento; Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2019 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2019; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30879, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2019, podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización

Artículo 1.- Modificación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2019, de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad, respecto de los siguientes organismos internacionales:
PLIEGO 244: INSTITUTO NACIONAL DE CALIDAD MONTO (En soles) 173 287,00 11 485,00 PERSONA JURÍDICA Oficina Internacional de Pesos y Medidas ­ BIPM Cooperación Internacional para la Acreditación de Laboratorios ­ ILAC

Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de la Producción y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1827768-3

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