Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Viernes 22 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Ripley Perú la apertura de oficina especial temporal en el distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 5321-2019 Lima, 12 de noviembre de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: Las solicitudes presentadas por el Banco Ripley Perú para que se le autorice la apertura de una (1) oficina especial temporal, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "E"; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30º y 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797­ 2015; y modificatorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018, la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Ripley Perú, entre el 27.11.2019 y 15.04.2020, la apertura de una oficina especial temporal, ubicada en el Boulevar de Asia, Km 97.5 Panamericana Sur, Urb. La Querencia, Centro Comercial Asia del Sur, distrito de Asia, provincia de Cañete y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1828982-1

del 2019, la Convocatoria N° 009-2019-SO-GRA-CR/ CD, de fecha 27 de Agosto del 2019, visto y debatido el DICTAMEN N° 001-2019-GRA-CR/CODHyPC de la Comisión Ordinaria de Derechos Humanos y Participación Ciudadana, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado y sus modificatorias, los Artículos 8° y 31° de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, dispositivo concordante con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y con el Artículo 6° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash; Que, el Artículo 13° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, preceptúa: "El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas"; el Inciso b) del Artículo 14° de la misma norma que prescribe: El Consejo Regional se reúne en sesiones ordinarias y extraordinarias, de acuerdo a lo que establece su Reglamento; y el Artículo 38° que señala como atribución del Consejo Regional la de dictar Ordenanzas Regionales a efectos de normar asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; concordantes, con el Numeral 1) del Artículo 5° y los Artículos 13° y 15° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado con Ordenanza Regional Nº 002-2015-GRA/CR; Que, el Inciso f) del Artículo 9° en concordancia con el Artículo 36° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales son competentes de dictar las normas inherentes a la gestión regional, las mismas que deben regirse por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplificación Administrativa; Que, el Inciso a) del Artículo 51° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre Funciones en Materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, establece las competencias de los Gobiernos Regionales para "Formular, aprobar y Evaluar las Políticas en Materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades de su Competencia, en concordancia con la Política General del Gobierno Nacional, los Planes Sectoriales y los Programas correspondientes de los Gobiernos Locales; Que, el Estado Peruano ha suscrito y ratificado tratados y compromisos internacionales sobre Derechos Humanos en materia de igualdad de oportunidades y equidad de género, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención sobre la Eliminación de Todas Formas de Discriminación Contra la Mujer - CEDAW; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer o Convención de Belém do Pará, entre otros instrumentos jurídicos supranacionales; Que, sin embargo otros instrumentos como el Convenio sobre el Trabajo Forzoso ya habían previamente referido algunos de los problemas relacionados a la trata de personas tal como hoy la conocemos. Posteriormente, se efectuaron distintos esfuerzos en los que se reconocía el problema de la trata, pero de manera residual, entre ellos la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena de 1993; la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing 1995); así como, la preparación y celebración de la Convención Contra el Crimen Organizado Transnacional de Viena 1997-2000, que coadyuvó al desarrollo del Protocolo Adicional para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas; Que, en ese sentido habiéndose revisado el Plan Regional Contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes de la Región Ancash 2019 - 2022, en el cual el Ministerio del Interior ha coadyuvado en su

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
Aprueban el Plan Regional de Acción contra Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes de la Región Ancash 2019 - 2022
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2019-GRA/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la ciudad de Huaraz el día 05 de Setiembre

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