Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Viernes 22 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 07.08.2019, doña SIDLIA MIRANDA AMASIFUÉN solicita duplicado de diploma de Título de Licenciada en Educación Física, el cual fue expedido por esta Universidad el 20.05.2008, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta dos fotografías tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, la Resolución R. Nº 6623-2008-UNFV, copia del Título de Licenciada en Educación Física, así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio Nº 1101-2019-OGTSG-UNFV de fecha 03.09.2019, señala que se expidió con fecha 20.05.2008 el Diploma de Título de Licenciada en Educación Física a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 74, Folio Nº 37 y Registro Nº 61384, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que lo solicitado por doña SIDLIA MIRANDA AMASIFUÉN cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Título de Licenciada en Educación Física, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 15032011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 459-2019-OCAJUNFV, de fecha 10.09.2019, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe Nº 758-2019-VRACUNFV, de fecha 18.09.2019 y estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 5014-2019-R-UNFV, de fecha 20.09.2019; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 104, de fecha 03.10.2019, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Licenciada en Educación Física, otorgado por la Facultad de Educación de esta Casa de Estudios Superiores, a favor doña SIDLIA MIRANDA AMASIFUÉN; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 1075-2017-CU-UNFV, de fecha 12.06.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Licenciada en Educación Física, otorgado por la Facultad de Educación de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña SIDLIA MIRANDA AMASIFUÉN (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 74, Folio Nº 37, Registro Nº 61384 y fecha de expedición 20.05.2008, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 15032011-ANR.

Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Educación, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General (e) 1828974-2

Autorizan expedición de duplicado de diploma de grado de bachiller en tecnología médica otorgado por la Universidad Nacional Federico Villarreal
UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 6526-2019-CU-UNFV San Miguel, 11 de noviembre de 2019 Visto, el expediente con NT. 79125, de fecha de recepción 02.09.2019, seguido por don ARNOLD CESAREO AQUINO MEJICO, egresado de la Facultad de Tecnología Médica, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Tecnología Médica, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 02.09.2019, don ARNOLD CESAREO AQUINO MEJICO solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Tecnología Médica, el cual fue expedido por esta Universidad el 08.08.2017, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta dos fotografías tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, Resolución R. Nº 1275-2017-CU-UNFV, así como el recibo de pago del derecho correspondiente;

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