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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2020 (30/04/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Jueves 30 de abril de 2020 El Peruano / 15 CMCEI 087-19 P & S PROSERGE S.R.L. 3 - - 10,431.69 10,431.69 16 CMCEI 253-18 GUZMAN GUEROVICH ELEAZAR BLAS 3 - - 4,671.87 4,671.87 17 CMCEI 455-18ASESORIA GLOBAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE S.A.C4 - - 1,329.17 1,329.17 18 CMCEI 488-18 GELATO CAFFE CLUB E.I.R.L. 4 - - 3,736.45 3,736.45 19 CMCEI 123-19 VIESGLO S.A.C 4 - - 4,912.70 4,912.70 20 PVE 456-16 SANDOVAL ADRIANZEN JORGE LEOPOLDO 4 - - 10,384.90 10,384.90 21 PVE 273-17 MEJIA QUIÑONES MARINA 4 - - 10,796.96 10,796.96 TOTAL 689,565.99 128,108.41 97,968.70 915,643.10 Donde: PIEC-1: Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 1- Individual. PIEC-2: Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 2- Validación.FAIF: Proyectos de Incubadoras 2.0.RIV: Proyectos de Concurso de Reconociendo la Innovación.RIV BIO: Proyectos de Concurso de Reconociendo la Innovación BIO.PT: Proyectos de Pasantías Tecnológicas.PIMEN: Concurso de Proyectos de Innovación para Microempresas.CMCEI: Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales.PVE: Proyectos de Validación y Empaquetamiento. 1865905-1 de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 8.5 del artículo 8 de la precitada norma, autoriza excepcionalmente al Ministerio de Salud a utilizar los recursos que le fueron transferidos a través del numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 032-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias destinadas a garantizar la respuesta sanitaria para la atención de la emergencia producida por el COVID-19, para fi nanciar los fi nes establecidos en el numeral 8.1. del precitado artículo. Para tal efecto, se autoriza al Ministerio de Salud a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a los recursos que le fueron transferidos a través del numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 032-2020 para los fi nes señalados en el presente numeral; Que, por su parte, el artículo 20 de la Directiva N° 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada con Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de la transferencia fi nanciera; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 203-2020-MINSA, se autorizó una Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, hasta por la suma de S/ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de la O fi cina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), para fi nanciar la adquisición de bienes vinculados con la protección del personal de salud (EPP), conforme al Anexo que forma parte integrante de la citada Resolución Ministerial, en el marco de lo autorizado por el artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 039-2020; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 203-2020-MINSA, contiene el detalle del presupuesto de egreso del fi nanciamiento destinado para la transferencia fi nanciera a que se re fi ere el considerando precedente, en la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos de Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en la Categoría Presupuestaria 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus, y Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios; Que, mediante el Informe N° 226-2020-OP-OGPPM/ MINSA, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de su O fi cina de Presupuesto, señala la necesidad de modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 203-2020-MINSA, en el extremo de la Genérica de Gasto, por cuanto corresponde la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; Con el visado del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del SALUD Modifican la R.M. N° 203-2020-MINSA, que autoriza la Transferencia Financiera a favor de la Oficina de las Naciones Unidas de Servicio para Proyectos - UNOPS, para la adquisición de bienes vinculados con la protección del personal de salud (EPP) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 241-2020-MINSA Lima, 29 de abril de 2020 Visto, el Expediente N° 20-033554-003, que contiene el Informe N° 226-2020-OP-OGPPM/MINSA, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y la Nota Informativa N° 262-2020-OGAJ/MINSA, emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se expidió la Resolución Ministerial N° 1168-2019/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2019, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 039-2019, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias para el Sector Salud en el marco de la Emergencia Sanitaria por los efectos del Coronavirus (COVID-19), autoriza al Ministerio de Salud, a través de sus Unidades Ejecutoras 001 Administración Central y 124 Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, y al Seguro Social de Salud – ESSALUD, a suscribir convenios de administración de recursos con organismos internacionales, para la provisión de bienes y servicios que resulten necesarios para garantizar la respuesta sanitaria para la atención de la emergencia producida por el COVID-19; Que, a través del numeral 8.4 del precitado artículo 8, se autoriza al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud – ESSALUD a realizar transferencias fi nancieras a favor de los organismos internacionales para fi nanciar lo establecido en el numeral 8.1 antes referido. Dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante Resolución del Titular del pliego, previa suscripción del convenio, debiendo contar con el informe favorable previo