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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2020 (30/04/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Jueves 30 de abril de 2020 El Peruano / Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura (en adelante, el Decreto Legislativo N° 1366), dispone que en forma alternativa a lo dispuesto en el artículo 12 del TUO de la Ley, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a solicitar la elaboración de la Tasación de los inmuebles necesarios para la ejecución de sus proyectos de infraestructura, a Peritos u organismos especializados en el rubro, con reconocida y acreditada experiencia; Que, mediante documentos de fecha 12 de febrero de 2020, el Perito, contratado bajo los alcances de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1366, remitió, entre otros, el Informe Técnico de Tasación con Código PM1G-AERTARAPOTO-PR-016 del 11 de febrero de 2020 y el Informe Técnico de Tasación con Código PM1G-AERTARAPOTO-PR-020 del 11 de febrero de 2020, en los que se determinan los valores de las tasaciones correspondientes a dos inmuebles afectados por la ejecución de la obra de infraestructura Aeropuerto “Cadete FAP Guillermo del Castillo Paredes”, ubicado en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín; Que, con Memorándum N° 0546-2020-MTC/19.03, la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, remite el Informe N° 004-2020-MTC/19.03-JCA-EPP, que cuenta con la conformidad de la referida Dirección, a través del cual se señala, con relación a los inmuebles detallados en el considerando precedente, que: i) ha identi fi cado a los Sujetos Pasivos y los inmuebles afectados por la Obra, ii) los Sujetos Pasivos tienen su derecho de propiedad inscrito en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, iii) ha determinado los valores totales de las Tasaciones; iv) los Sujetos Pasivos han aceptado la oferta de adquisición; por lo que, considera técnica y legalmente viable emitir la resolución ministerial que apruebe los valores totales de las Tasaciones y el pago correspondiente y, v) considerando que el pago se realizará a través del fondo de un Fideicomiso es necesario se considere el plazo máximo de sesenta (60) días para gestionar la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Bene fi ciario y realizar el pago de los valores totales de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos, asimismo, adjunta los Certi fi cados de Búsqueda Catastral expedido por la SUNARP, así como la Disponibilidad Presupuestal para la adquisición de los predios afectados, contenidas en la Certi fi cación de Crédito Presupuestario, Nota N° 0000001584, y la Certi fi cación de Crédito Presupuestario, Nota N° 0000001587, ambos de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el valor total de la Tasación del área del inmueble de Código PM1G-AERTARAPOTO-PR-016, ascendente a S/ 94,893.00, que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del área del inmueble afectado por la ejecución de la obra de infraestructura Aeropuerto “Cadete FAP Guillermo del Castillo Paredes”, ubicado en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Aprobar el valor total de la Tasación del área del inmueble de Código PM1G-AERTARAPOTO-PR-020, ascendente a S/ 198,014.97, que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del área del inmueble afectado por la ejecución de la obra de infraestructura Aeropuerto “Cadete FAP Guillermo del Castillo Paredes”, ubicado en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Bene fi ciario y el pago del valor total de la Tasación a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, los Sujetos Pasivos desocupen y entreguen los inmuebles afectados, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, de encontrarse el inmueble libre o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Artículo 5.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certi fi cada del documento que acredite el pago del monto de los valores totales de la Tasación, a favor de los Sujetos Pasivos. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Bene fi ciario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo Valor Total de las Tasaciones correspondientes a las áreas de dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la obra de infraestructura: Aeropuerto de Tarapoto “Cadete FAP Guillermo del Castillo Paredes” N° DE EXPEDIENTE CÓDIGO DE PREDIOVALOR COMERICIALPREJUICIO ECONOMICO VALOR DE LA TASACIÓN S/.INCENTIVO DEL 20% S/.VALOR TOTAL S/. LUCRO CESANTEDAÑO EMERGENTE 74-2020-MTC/DDP PM1G-AERTARAPOTO-PR-016 73,365.17 0.00 6,854.80 80,219.97 14,673.03 94,893.00 78-2020-MTC/DDP PM1G-AERTARAPOTO-PR-020 158,152.14 0.00 8,232.40 166,384.54 31,630.43 198,014.97 1865901-1