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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2020 (30/04/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 30 de abril de 2020 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS Designan Director de la Dirección de Compras Corporativas de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 042-2020-PERÚ COMPRAS Lima, 28 de abril de 2020VISTO:El Informe N° 000013-2020-PERÚ COMPRAS-OA, de fecha 27 de abril de 2020, emitido por la O fi cina de Administración y la Nota de Elevación N° 000030-2020-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 28 de abril de 2020, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas–PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, por medio del Decreto Supremo N° 052-2019-EF se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 022- 2020-EF/43 se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal–CAP Provisional de la Central de Compras Públicas–PERÚ COMPRAS, el cual establece que el cargo de Director de la Dirección de Compras Corporativas es un cargo de con fi anza; Que, encontrándose vacante el cargo de Director de la Dirección de Compras Corporativas de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, se ha visto por conveniente designar al profesional que lo ocupe; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1018; y, en uso de la atribución conferida por los literales k) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir del 30 de abril de 2020, al señor César Alejandro Llanos Torres, en el cargo de Director de la Dirección de Compras Corporativas de la Central de Compras Públicas–PERÚ COMPRAS. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚCOMPRAS 1865858-1ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Prorrogan plazo para la entrada en vigencia de la Res. N° 006-2020-CD/OSIPTEL, que modifica el TUO del Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija y el TUO de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobadas mediante Res. N° 006-2020-CD/OSIPTEL, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00048 -2020-CD/OSIPTEL Lima, 27 de abril de 2020 MATERIA: AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE DISPOSICIONES NORMATIVAS Y DE LA REMISIÓN DE COMENTARIOS A PROYECTOS NORMATIVOS EMITIDOS POR EL ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELCECOMUNICACIONES- OSIPTEL VISTO: El Informe N° 0040-GPRC/2020 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal, mediante el cual se recomienda ampliar el plazo para: (i) La entrada en vigencia de las disposiciones contenidas en la Resolución N° 006-2020-CD/OSIPTEL, que modi fi ca el Texto Único Ordenado del Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija y el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, y (ii) La remisión de comentarios al Proyecto de Norma que sustituye el artículo 17 del Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, cuya publicación fue aprobada por Resolución N° 036-2020-CD/OSIPTEL. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se ha declarado el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, por un plazo de quince (15) días calendario, el cual fue ampliado hasta el 10 de abril de 2020, a través del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM y, posteriormente, hasta el 26 de abril de 2020 1, mediante Decreto Supremo N° 064-2020-PCM; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, establece que durante el Estado de Emergencia Nacional, entre otros, se garantiza la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios y otros establecidos en el referido Decreto Supremo; Que, en atención a ello, el OSIPTEL ha emitido las Resoluciones N° 035-2020-PD/OSIPTEL, N° 040-2020-