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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (06/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 6 de agosto de 2020 / El Peruano de las restricciones previstas en los numerales 9.1 y 9.4 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, así como de la restricción establecida en el inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en los casos que corresponda, indicando además que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se realicen en el marco de dicha disposición habilitan únicamente la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 “A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”, en la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus; Que, con Informe N° 295-2020-SANIPES/OA-URH, la Unidad de Recursos Humanos detalla los funcionarios del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES que por la naturaleza de sus cargos y por el monto de su ingreso mensual se encuentran comprendidos en los alcances del Decreto de Urgencia N° 063-2020, correspondiendo la emisión un documento de autorización de descuento para tales funcionarios, considerando la metodología de afectación en la Planilla Única de Pagos detallada en el Decreto Supremo N° 010-2014, y luego de ello, la implementación del descuento por planilla considerando el porcentaje del diez por ciento (10%) por ciento de la remuneración en los meses de junio, julio y agosto, sin afectar la base de cálculo de los bene fi cios laborales, cuyo monto total asciende a S/ 13 680,00 (Trece mil seiscientos ochenta con 00/100 soles); Que, mediante Memorando N° 117-2020-SANIPES/ OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto proporciona el Informe N° 026-2020-SANIPES/OPP-UP, elaborado por la Unidad de Presupuesto dando a conocer que es procedente realizar los descuentos de la remuneración e ingresos económicos de los funcionarios de SANIPES determinados por la Unidad de Recursos Humanos, resaltando que la transferencia fi nanciera por el monto de S/ 13 680,00 (Trece mil seiscientos ochenta con 00/100 soles), en cumplimiento del Decreto de Urgencia N° 063-2020, deberá realizarse cuando la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas tenga establecido el artículo que apruebe las trasferencias fi nancieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, con Informe N° 415-2020-SANIPES/OA-URH, la Unidad de Recursos Humanos proporciona la información que sustenta el descuento por planilla del diez por ciento (10%) de la remuneración en los meses de junio, julio y agosto, sin afectar la base de cálculo de los bene fi cios laborales que tuvieran derecho los funcionarios de SANIPES comprendidos en los alcances del Decreto de Urgencia N° 063-2020; Que, al veri fi car la procedencia de la reducción temporal de la remuneración mensual de los funcionarios de SANIPES comprendidos en los alcances del Decreto de Urgencia N° 063-2020, que viene implementando la Unidad de Recursos Humanos durante los meses de junio, julio y agosto del presente ejercicio, la O fi cina de Administración concluye que a efectos de efectuar la transferencia fi nanciera del monto de S/ 13 680,00 (Trece mil seiscientos ochenta con 00/100 soles), correspondiente a dicha reducción temporal, en cumplimiento del Decreto de Urgencia N° 063-2020, determinado en los Informes N° 295-2020-SANIPES/OA-URH y N° 415-2020-SANIPES/OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos y contando con el pronunciamiento de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto que consta en el Memorando N° 117-2020-SANIPES/OPP, corresponde su autorización con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal, del Pliego: 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus”, Genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, partida de gasto 2.4.1.3.1.1 “A otras unidades del gobierno nacional”, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva de SANIPES; Que, mediante Informe N° 193-2020-SANIPES/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable aprobar la transferencia fi nanciera del monto de S/ 13 680,00 (Trece mil seiscientos ochenta con 00/100 soles), correspondiente a la reducción temporal de la remuneración mensual de los funcionarios de SANIPES comprendidos en los alcances del Decreto de Urgencia N° 063-2020;Que, estando a lo expuesto, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera del Pliego: 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, por la suma de S/ 13 680,00 (Trece mil seiscientos ochenta con 00/100 soles), a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la fi nalidad de ser destinada a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, en cumplimiento del Decreto de Urgencia N° 063-2020; Con los visados de la Gerencia General, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina Asesoría Jurídica, y la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30083, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) y modi fi catoria; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2020; el Decreto de Urgencia N° 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19; el Decreto de Urgencia N° 070-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia fi nanciera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, por la suma de S/ 13 680,00 (Trece mil seiscientos ochenta con 00/100 soles), de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la fi nalidad de ser destinados a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, de conformidad con dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 1 de la presente resolución, se atienda con cargo al presupuesto aprobado en el Año Fiscal 2020, del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en la Especi fi ca de Gasto 2.4.1 3.11 ”A otras unidades del Gobierno Nacional” Artículo 3.- Acciones Administrativas Disponer que la O fi cina de Administración efectúe las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución; asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera. Artículo 4.- Limitaciones al uso de recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el Artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES (www.sanipes.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOHNNY MARCHÁN PEÑA Presidente EjecutivoOrganismo Nacional de Sanidad PesqueraSANIPES 1875375-1