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4 NORMAS LEGALES Sábado 15 de agosto de 2020 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Ordenanza Nº 530-2020/CDLO.- Ordenanza que otorga beneficios para el pago de las deudas tributarias en el distrito de Los Olivos en el contexto del Estado de Emergencia por el brote del COVID-19 85 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Ordenanza Nº 005-2020/MDPN.- Ordenanza que establece incentivo s y beneficios tributarios por regularización voluntaria de obligaciones tributarias 88 Ordenanza Nº 006-2020/MDPN.- Ordenanza que fija la Tasa de Interés Moratorio - TIM 89 D.A. Nº 003-2020/AL/MDPN.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal N° 001-2020/MDPN, los plazos para la presentación de la Declaración Jurada Anual de Impuesto Predial o notificación de la Declaración Jurada Mecanizada y fecha de vencimiento de cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2020 90MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza Nº 401-MDSJL.- Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020 del distrito 91 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO D.A. Nº 009-2020-MDCLR.- Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso 92 MUNICIPALIDAD DE MI PERU Ordenanza Nº 051-MDMP .- Aprueban el Reglamento Provisional para la Prevención del COVID-19 en la Prestación del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motoriz ados y No Motorizados del distrito de Mi Perú 94 PODER EJECUTIVO AGRICUL TURA Y RIEGO Conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado Comité de Coordinación del Proyecto - CCP, del Proyecto AVANZAR RURAL - 5 departamentos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0189-2020-MINAGRI Lima, 12 de agosto de 2020 VISTOS: Los O fi cios N° 773-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE y N° 831-2020MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural, sobre conformación del Grupo de Trabajo, denominado Comité de Coordinación del Proyecto - CCP, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego y, el Informe Legal N°686-2020-MINAGRI-SG/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Convenio de Financiación (Préstamo N° 2000003288), de fecha 17 de junio de 2020, celebrado entre la República del Perú y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola - FIDA, se acordó el otorgamiento de un préstamo por parte del FIDA ascendente a USD 24 000 000, para el fi nanciamiento del Proyecto Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Públicos para el Desarrollo Productivo Local en los Ámbitos de la Sierra y Selva del Perú - AVANZAR RURAL - 5 departamentos; cuya poblaciónobjetivo y bene fi ciarios del referido Proyecto está compuesto por aproximadamente 17,400 pequeños productores agrarios organizados, que representan a aproximadamente 57,420 bene fi ciarios directos, comprendidos en 15 provincias y 101 distritos de los departamentos de Amazonas, Ancash, Cajamarca, Lima y San Martin, según incidencia de la pobreza; Que, el numeral 3 del Rubro II. Disposiciones de ejecución del Anexo 1 del referido Convenio de Financiación, dispone que el “Comité de Coordinación del Proyecto (CCP). Es un grupo de trabajo que proporcionará orientaciones durante la implementación del Proyecto y se constituirá mediante Resolución Ministerial a partir de la fi rma del Convenio. El CCP estará compuesto por: i) el Director Ejecutivo de AGRO RURAL, quien presidirá; ii) un representante del MEF; iii) un representante del MINAGRI; iv) el Coordinador del Proyecto, que actuará como Secretario Técnico; y v) un representante de los gobiernos locales, cuyo criterio de selección se establecerá en el MOP”; Que, el segundo párrafo del artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que para otras acciones que no sean las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, establece que los grupos de trabajo sectoriales o multisectoriales son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, creados por resolución ministerial del ministerio que la preside, para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos, sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; en el caso de grupos de trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su período de vigencia; Con los visados del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, modi fi cado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1. Objeto Conformar el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, denominado Comité de Coordinación del Proyecto - CCP, dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego, en adelante el Grupo de Trabajo, con el objeto de proporcionar orientaciones durante la