Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (15/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 15 de agosto de 2020 / El Peruano Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Protocolo para el Monitoreo de Efl uentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto”, el mismo que en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que cuentan con licencia de operación vigente para el procesamiento de productos hidrobiológicos destinados para el consumo humano directo e indirecto, deberán presentar al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), los resultados de análisis físico-químico y los informes correspondientes según corresponda, con la frecuencia y plazos establecidos en el Protocolo para el Monitoreo de Efl uentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. El Ministerio de la Producción, a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas, en el marco de sus competencias, realizará las coordinaciones correspondientes con el OEFA, a efectos que remita al Ministerio de la Producción la información que le será alcanzada por los titulares de los establecimientos industriales pesqueros, en el marco de lo dispuesto en el párrafo precedente. Artículo 3.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo anterior será sancionado por el OEFA, según lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 038-2017-OEFA/CD, sus modi fi catorias y demás disposiciones legales que resulten aplicables. Artículo 4.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 061-2016-PRODUCE, que aprobó el “Protocolo para el Monitoreo de E fl uentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto”. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción 1877487-1 Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA N° 384-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 14 de agosto de 2020VISTOS:El Informe N° 136-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ. UA.AL del Área de Asesoría Legal; el Informe N° 093-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión; el Memorando N° 410-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 79-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30230, se creó el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo–BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 014- 2019 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y mediante su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE de fecha 17 de enero de 2020, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, la Unidad de Administración mediante Memorando N° 410-2020-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UA de fecha 13 de agosto de 2020 solicitó la autorización de los certifi cados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, adjuntando el Memorando N° 79-2020-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UM de fecha 13 de agosto de 2020 emitido por la Unidad de Monitoreo, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional” y Fondo MIPYME; indicando la citada Unidad de Monitoreo que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 093-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG, de fecha 13 de agosto de 2020, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 1,016,757.63 (un millón dieciséis mil setecientos cincuenta y siete con 63/100 soles), que corresponde a las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios por el monto de S/ 114,034.06 (ciento catorce mil treinta y cuatro con 06/100 soles), 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por el monto de S/ S/ 892,923.57 (ochocientos noventa y dos mil novecientos veintitrés con 57/100 soles) y 4. Donaciones y Transferencias por el monto de S/ 9,800.00 (nueve mil ochocientos con 00/100 soles); Que, los montos señalados en el considerando anterior se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los desembolsos según el siguiente detalle: a) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; para co fi nanciar los desembolsos de: i) 06 Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 1 Individual–PIEC 1; ii) 01 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 2–PIEC 2; iii) 04 Proyectos del concurso nacional para la difusión de la Innovación Reto Innova Covid-19 – IVECOV y iv) 02 Proyectos de Incubadoras 2.0 – FAIF; y b) Fondo MIPYME, para co fi nanciar el desembolso de (01) Proyecto del Programa de Desarrollo de Proveedores Categoría 2 Diagnóstico – PDPC2D; Que, mediante proveído de fecha 13 de agosto de 2020, la Coordinadora Ejecutiva solicita al Jefe la Unidad de Administración que inicie las acciones