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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (15/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Sábado 15 de agosto de 2020 / El Peruano las publicaciones digitales, las cuales corresponden al ítem de los materiales especiales, como “(…) fuente de información para el servicio a la ciudadanía (…)”, con la fi nalidad de “(…) mantener actualizado los estándares que exigen las nuevas tecnologías de información y comunicación”; y, mejorar “(…) más la gestión de los servicios brindados a los ciudadanos”; Que, a través de los documentos de los vistos, la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística y su Equipo de Trabajo de Desarrollo de Sistemas de Información; así como, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y su Equipo de Trabajo de Modernización emitieron opinión favorable sobre la Directiva propuesta. Asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica señaló que el Jefe Institucional se encuentra facultado para emitir el acto resolutivo que apruebe la Directiva “Disposiciones para el cumplimiento del Depósito Legal y la Expedición del Certi fi cado en la Biblioteca Nacional del Perú”; Con el visado de la Dirección de Gestión de las Colecciones, de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, del Equipo de Trabajo de Gestión de Adquisiciones y Descarte de la Dirección de Gestión de las Colecciones, del Equipo de Trabajo de Desarrollo de Sistemas de Información de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística; y, del Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; la Ley N° 26905, Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la Directiva “Disposiciones para el cumplimiento del Depósito Legal y la Expedición del Certi fi cado en la Biblioteca Nacional del Perú”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EZIO NEYRA MAGAGNA Jefe Institucional 1877655-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Santillana para financiar actividad en el marco del PIRDAIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA RPE N° 063-2020-DV-PE Lima, 14 de agosto de 2020VISTO:El Memorando Nº 000704-2020-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial, remite el Anexo N° 01 que detalla la Actividad, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal e) del numeral 17.1 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 17.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 17.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 17.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 038-2019-DV-PE, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 006 denominada “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, en el Pliego 12: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, cuyas atribuciones y responsabilidades estarán a cargo de la O fi cina Zonal de San Francisco (Sede Pichari); Que, mediante Informe N° 000057-2020-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos, remite la priorización de la Actividad “Mantenimiento periódico de caminos vecinales no pavimentados tramo Laupay–Yanaccocha del distrito de Santillana–provincia de Huanta–departamento de Ayacucho”, que será fi nanciada con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2020, DEVIDA suscribió una Adenda con la Municipalidad Distrital de Santillana, para la ejecución de la precitada Actividad, hasta por la suma de CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 174,545.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 006–Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM, ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestal N° 01641, entendiéndose que éste documento forma parte del Informe Previo Favorable N° 000234-2020-DV-UE006-UPP, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.2 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad del Plan Operativo de la Actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con el POA