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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (31/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Lunes 31 de agosto de 2020 / El Peruano ORGANISMOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. el cierre de agencias y oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Lima, Junín, Cajamarca, San Martín y la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN SBS Nº 02067-2020 Lima, 24 de agosto de 2020 LA INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (en adelante, la Caja) para que esta Superintendencia autorice el cierre de 05 o fi cinas ubicadas en los departamentos de Lima (01 agencia), Callao (01 agencia), Junín (01 o fi cina especial), Cajamarca (01 o fi cina especial) y San Martín (01 o fi cina especial); CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 1547-2007 de fecha 29/10/2007 se autorizó la apertura de una agencia ubicada en el distrito de la Victoria, provincia y departamento de Lima. Posteriormente, mediante Resolución SBS Nº 313-2017 de fecha 25/01/2017 se autorizó el traslado a su actual ubicación en el mismo distrito, provincia y departamento; Que, mediante Resolución SBS Nº 2081-2008 de fecha 12/06/2008 se autorizó la apertura de una agencia ubicada en el distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao, departamento del Callao. Posteriormente, mediante Resolución SBS Nº 2112-2014 de fecha 04/04/2014 se autorizó el traslado a su actual ubicación en el mismo distrito, provincia y departamento; Que, mediante Resolución SBS Nº 6133-2014 de fecha 15/09/2014 se autorizó la apertura de una o fi cina especial ubicada en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junín. Asimismo, con Resolución Nº 6622-2014 del 07/10/2014 se recti fi có la ubicación de la referida o fi cina; Que, mediante Resolución SBS Nº 4081-2016 de fecha 22/07/2016 se autorizó la apertura de 02 o fi cinas especiales ubicadas en el distrito y provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca; y en el distrito de Juanjui, provincia Mariscal Cáceres, departamento de San Martín; Que, en sesión de Directorio de fecha 25/06/2020, dicho órgano de dirección aprobó que se solicite a esta Superintendencia el cierre de dichas o fi cinas; el mismo que también fue contemplado en la modi fi cación de la Programación Anual de O fi cinas para el año 2020, aprobada en la sesión de Directorio de fecha 30/07/2020; Que, la Caja ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento Nº 14 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018, para el cierre de las citadas o fi cinas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “D”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de o fi cinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A., el cierre de 05 o fi cinas (02 agencias y 03 o fi cinas especiales), ubicadas en los departamentos de Lima, Callao, Junín, Cajamarca y San Martín, de acuerdo al siguiente detalle: Tipo de Ofi cinaDirección Distrito ProvinciaDeparta- mento AgenciaIntersección de Prolongación Huánuco Nº 2399 y Av. México Nº 1509La Victoria Lima Lima AgenciaUrbanización Ex Zona Comercial e Industrial de Ventanilla, Manzana C2 Lote 19VentanillaProv. Constitucional del CallaoCallao Ofi cina EspecialJr. Junín y Callao S/N de la ciudad de la MercedChancha- mayoChancha- mayoJunín Ofi cinal EspecialJr. Sucre Mz 10 Lote 13San Miguel San Miguel Cajamarca Ofi cina EspecialJr. Huallaga Nº 923 JuanjuiMariscal CáceresSan Martín Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CARMEN CORDOVA LUNA Intendente General de Micro fi nanzas 1880689-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen la obligatoriedad del uso de la Agencia Virtual del SAT a partir del 1 de marzo de 2021, para las actuaciones indicadas en el numeral 15 de la Directiva N° 001-006-00000029 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00004471 Lima, 27 de agosto de 2020.CONSIDERANDO:Que, mediante Edicto N.º 225, se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 13 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SAT, aprobado mediante la Ordenanza N.º 1698, modi fi cada por la Ordenanza N.º 1881, la Jefatura de la Institución tiene como principal objetivo dirigir, controlar y supervisar el correcto funcionamiento de la Entidad;