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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (20/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Domingo 20 de diciembre de 2020 / El Peruano Reference Frame 2000 (ITRF2000) del International Earth Rotation Service (IERS) para la época 2000.4 relacionado con el elipsoide del Sistema de Referencia Geodésico 1980 – Geodetic Reference System 1980 (GRS80). La Red Geodésica Geocéntrica Nacional está conformada por las estaciones de monitoreo contínuo y los hitos o señales de orden “0”, “A”, “B” y “C”, distribuidos dentro del ámbito del Territorio Nacional, los mismos que constituyen bienes del Estado. Para efectos prácticos como elipsoide puede ser utilizado además el World Geodetic System 1984 (WGS84). Que, en el Artículo Primero de la Resolución Jefatural N°131- 2018-IGN/DC/DPG, se resolvió dar por concluido el empleo de los doscientos cuarenta (240) puntos geodésicos de orden “0”, “A”, “B” y “C” que se encuentran dentro de la Red Geodésica Geocéntrica Nacional (REGGEN), establecidos por el Instituto Geográ fi co Nacional y los cuatro mil novecientos cincuenta y cinco (4,955) puntos geodésicos de orden “A”, “B” y “C” establecidos en el marco del Proyecto de Consolidación de los Derechos de Propiedad Inmueble (PCDPI), por haber acumulado desplazamientos excesivos a través de los años, dando lugar a que no cuenten con la precisión requerida para cualquier trabajo topográ fi co y geodésico. Que de conformidad a la Ley N° 27292, Decreto Supremo Nº 005- DE/SG, Decreto Supremo N° 034 – 2008 – PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Suprema Nº 188-2019 – DE/EP del 21 de noviembre de 2019; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Constitúyase como Marco de Referencia Geodésico O fi cial, a la Red Geodésica Peruana de Monitoreo Continuo (REGPMOC), conformada por el conjunto de Estaciones de Rastreo Permanente (GNSS) administrada por el Instituto Geográ fi co Nacional, que materializan el Sistema Geodésico Horizontal O fi cial, la misma que tiene como base el Sistema de Referencia Geocéntrico para las Américas (SIRGAS) sustentado en el Marco Internacional de Referencia Terrestre 2000 (ITRF2000) del International Earth Rotation Service (IERS) para la época 2000.4 relacionado con el elipsoide del Sistema de Referencia Geodésico 1980 (GRS80), para efectos prácticos se empleará el elipsoide World Geodetic System 1984 (WGS84). Este Marco de Referencia Geodésico o fi cial, proporcionará la base de toda la información geoespacial que se genere por método directo e indirecto en el país. Artículo 2°.- Encargar a la O fi cina General de Estadística e Informática del IGN, la publicación de la presente resolución en el portal institucional. Artículo 3°.- Disponer, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y el Portal de Transparencia del Instituto Geográ fi co Nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO PORTILLO ROMERO Jefe 1913569-1 PRODUCE Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y de Acuicultura, derivados de diversos Concursos PNIPA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 032-2020-PRODUCE-PNIPA-DE Lima, 17 de diciembre de 2020VISTO; El Informe N° 064-2020-PRODUCE-PNIPA/ DO de la Dirección de Operaciones, Informes N° 099-2020-PRODUCE-PNIPA-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, Informes N° 030 y 032-2020-PRODUCE-PNIPA/UIA, emitido por la Unidad de Innovación en Acuicultura, Informe N° 073-2020-PRODUCE-PNIPA/UIP, emitido por la Unidad de Innovación en Pesca, y los Informes N° 031, 060, 065, 069 y 070-2020-PRODUCE-PNIPA/UIA-UIP de las Unidades de Innovación en Pesca y de Acuicultura, que remiten la relación de las subvenciones a Entidades Privadas que resultaron adjudicados con Subproyectos de Innovación en Pesca y de Acuicultura, en el marco de los Concursos PNIPA 2017-2018; 2018-2019 y 2020-2021 (SIA, SIADE, SEREX y SFOCA) respectivamente, y el Informe N° 086-2020-PRODUCE-PNIPA/UAL, de la Unidad de Asesoría Legal; CONSIDERANDO; Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento (BIRF/Banco Mundial), por USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA); Que, la República del Perú y el BIRF/Banco Mundial, con fecha 13 de marzo de 2017, fi rmaron el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, por USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el PNIPA; Que, el Ministerio de la Producción, emitió la Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, a través de la cual, crea la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP. El Programa tiene como uno de los ejes principales de la intervención, a la movilización de recursos concursables para fi nanciar subproyectos de I&D+I, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, a estas podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos en Pesca y Acuicultura; Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE de fecha 24 de julio de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura; Que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, con relación especí fi camente al fi nanciamiento de subproyectos con los recursos asignados al PNIPA, en el Apéndice 2, Sección I, literal B “Subproyectos”, se establece entre otros que: “Para llevar a cabo las Partes 1 y 2 del Proyecto, el Prestatario deberá, a través de PRODUCE: (a) Después de haber seleccionado un Subproyecto de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos en el Manual Operativo, poner a disposición del Bene fi ciario pertinente una parte de los fondos del Préstamo (los Fondos del Subproyecto) de conformidad con un Acuerdo (“Acuerdo de Subproyecto”) a celebrarse entre el Prestatario, a través de PRODUCE, y dicho Bene fi ciario, bajo los términos y condiciones aprobados por el Banco e incluidos en el Manual de Operaciones. (…)” Que, en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, entre otros, autoriza durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de la Producción, a través del PNIPA para efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobierno Regionales y Locales, y a otorgar