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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (20/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 20 de diciembre de 2020 El Peruano / “El Fortalecimiento de la Aeronáutica Civil del Perú para el Desarrollo Aeronáutico y mejora continua de la Seguridad Operacional”, con la fi nalidad de garantizar y asegurar la asistencia técnica, acompañamiento, transferencia de conocimientos, fortalecimiento de capacidades, así como servicios de gestión y otros servicios de apoyo que permitan a la Dirección General de Aeronáutica Civil, cumplir adecuadamente con las actividades de su competencia; asimismo, el mencionado Acuerdo establece su plazo de vigencia de cuatro (4) años y once (11) meses, y un presupuesto total de US$ 51 987 651,00 (CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), como aporte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Anexo 1 del Acuerdo de Asistencia Técnica Nº PER/17/801, establece el presupuesto estimado para el año 2020 hasta por la suma de US$ 10 898 232,00 (DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) que al tipo de cambio de S/ 3,50 el dólar, equivale a S/ 38 143 812,00 (TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES); Que, con Resolución Ministerial Nº 0365-2020- MTC/01, se autoriza una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 27 012 972,54 (VEINTISIETE MILLONES DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS Y 54/100 SOLES), a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), destinada a la ejecución del Acuerdo de Asistencia Técnica Nº PER/17/801; Que, mediante Informe Nº 247-2020-MTC/12, la Dirección General de Aeronáutica Civil solicita gestionar la Resolución Ministerial que autorice una transferencia fi nanciera a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), hasta por la suma de S/ 11 130 839,46 (ONCE MILLONES CIENTO TREINTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES), para continuar la ejecución del referido Acuerdo de Asistencia Técnica; Que, con Memorándum Nº 2006-2020-MTC/09, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto adjunta el Informe Nº 592-2020-MTC/09.03 de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001: Administración General a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), hasta por la suma de S/ 11 130 839,46 (ONCE MILLONES CIENTO TREINTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES); Que, en consecuencia, es necesario autorizar una transferencia fi nanciera con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2020, a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), hasta por la suma de S/ 11 130 839,46 (ONCE MILLONES CIENTO TREINTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES), para continuar con la ejecución del Acuerdo de Asistencia Técnica Nº PER/17/801; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; y, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 11 130 839,46 (ONCE MILLONES CIENTO TREINTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES), a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), destinada a la ejecución del Acuerdo de Asistencia Técnica Nº PER/17/801 titulado “El Fortalecimiento de la Aeronáutica Civil del Perú para el Desarrollo Aeronáutico y mejora continua de la Seguridad Operacional”; conforme se señala en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2020, Unidad Ejecutora 001: Administración General, Fuentes de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios y 4. Donaciones y Transferencias, Categoría Presupuestal 0138: Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5000276: Gestión del Programa, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera, aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1913525-1 Modifican el Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para vehículos destinados al servicio de transporte terrestre regular de personas de la Provincia de Trujillo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 966-2020-MTC/01.02 Lima, 18 de diciembre de 2020VISTOS: El Memorándum N° 1536-2020-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, y el O fi cio N° 2566-2020-MPT-GTTSV de la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Trujillo; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 049-2017-MTC/01.02, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobó el cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para vehículos destinados al servicio de transporte terrestre regular de personas de la Provincia de Trujillo, conforme al anexo que forma parte de dicha Resolución Ministerial; Que, el Decreto Supremo Nº 019-2018-MTC modi fi ca, entre otros, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo N° 058-2003-MTC, estableciendo en su Cuarta Disposición Complementaria Final que toda referencia al año de fabricación, contenida en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, y otros reglamentos nacionales, es entendida como al año modelo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 y la de fi nición establecida en el numeral 69 del “ANEXO II: de fi niciones” del Reglamento Nacional de Vehículos; Que, mediante O fi cio N° 2566-2020-MPT-GTTSV la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Trujillo comunica al Ministerio de Transportes y Comunicaciones su conformidad al cronograma propuesto por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial; asimismo, solicita la modi fi cación de la antes mencionada Resolución Ministerial N° 049-2017-MTC/01.02; Que, con Memorándum N° 1536-2020-MTC/18 la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal hace suyo lo expresado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial a través del Informe