Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2020 (07/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Martes 7 de enero de 2020 /

El Peruano

institucionales del PEI 2017-2019 del CONCYTEC, por lo que concluye que resulta necesario realizar una segunda modificación al POI 2019 del Pliego CONCYTEC; Que, la Oficina General de Asesora Jurídica, mediante el Informe N° 067-2019-CONCYTEC-OGAJEMAF y Proveído N° 1058-2019-CONCYTEC-OGAJ, manifiesta, que conforme al literal a) del artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, es función de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, dirigir y orientar la planificación estratégica, programática y operativa de la institución en coherencia con la política y prioridades nacionales y de la gestión institucional, por lo que luego del análisis legal efectuado, en el marco de la normativa expuesta, emite opinión favorable para la continuidad del trámite de aprobación del Plan Operativo Institucional - POI -2019 Modificado Versión 2 del Pliego CONCYTEC; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley N° 28613, la Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), la Ley N° 30806, que modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC; el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLANPCD, que aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional", y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 Modificado Versión 2 del Pliego del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, documento que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa. Artículo 2.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto efectuará el seguimiento y monitoreo de lo dispuesto en el artículo precedente de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en el mismo día, la publicación de su anexo en el Portal Institucional del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC (www.concytec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA FABIOLA ZÁRATE ANCHANTE Secretaria General (e) por Fabiola León-Velarde Servetto Presidenta del CONCYTEC 1843018-2

CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía científica, técnica, económica, administrativa y financiera, conforme a lo establecido en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), y en la Ley N° 30806, que modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC; Que, mediante el Informe N° 069-2019-CONCYTECOGAJ-RRQ y Proveído N° 1059-2019-CONCYTECOGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019, se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y mediante la Resolución de Presidencia N° 265-2019-CONCYTEC-P, de fecha 27 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el año fiscal 2020 del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC); Que, asimismo indica que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el ámbito del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, la citada Oficina General de Asesoría Jurídica manifiesta que con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN-PCD se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, modificada mediante las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018 y 00016-2019/CEPLAN/PCD (en adelante, la Guía), que prevé las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, la mencionada Oficina agrega, que la Guía señala que el POI es un instrumento de gestión que orienta la asignación de recursos para implementar la estrategia institucional, y contiene la programación de metas física y financiera de las actividades operativas de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras, a ser ejecutadas en un periodo anual; asimismo, indica que la entidad elabora y aprueba su POI Multianual con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres (3) años, para ello toma en cuenta la situación económica y fiscal del país, descrita en el Marco Macroeconómico Multianual y la estructura presupuestal del año vigente; para dicho fin, la entidad utiliza el aplicativo CEPLAN V.01 para registrar y aprobar el POI Multianual, y consistenciar el POI Anual con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), considerando la estructura funcional programática del Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF; Que, asimismo, señala que la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, conformada por Resolución de Presidencia N° 014-2019-CONCYTEC-P, ha validado la propuesta del Plan Operativo Institucional (POI) del año 2020 del CONCYTEC, conforme al Acta N° 003-2019-CPECONCYTEC de fecha 30 de diciembre de 2019; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica indica que con Resolución de Presidencia N° 070-2019-CONCYTEC-P de fecha 30 de abril de 2019, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual

Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) correspondiente al año 2020 del CONCYTEC
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 276-2019-CONCYTEC-P Lima, 31 de diciembre de 2019 VISTOS: El Informe N° 157-2019-CONCYTECOGPP-OPP y Proveído N° 356-2019-CONCYTEC-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 069-2019-CONCYTEC-OGAJ-RRQ y Proveído N° 1059-2019-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

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