Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2020 (07/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 7 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Ministerio de Economía y Finanzas; el Memorando Nº 001-2020-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; Informe N° 001-2019-MIDIS/VMPES/DG/DDAP emitido por la Dirección de Diseño y Articulación de Políticas de la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Acta Nº 003-2019 emitido por el Grupo de trabajo de naturaleza temporal encargado de generar las condiciones necesarias para la implementación de la Estrategia de Gestión Territorial "Primero la Infancia" creado mediante Resolución Ministerial Nº 246-2019-MIDIS; el Informe N° 002-2020-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 010-2020-MIDIS/SG/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se dispone que el sector desarrollo e inclusión social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, dicho cuerpo normativo señala que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tiene por finalidad mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil; Que, de acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29792, precitada, se dispone entre otros, la adscripción del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS y del Programa Nacional Cuna Más sobre la base del Programa Nacional Wawa Wasi al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS, se aprueba la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social "Incluir para Crecer", como expresión de la política de desarrollo e inclusión social, basada en la articulación de los diversos sectores y niveles de gobierno involucrados, según sus respectivas competencias, para el logro de resultados prioritarios de inclusión social según cinco ejes estratégicos definidos mediante un enfoque de ciclo de vida, en atención a las necesidades específicas de cada etapa del desarrollo humano; Que, con Decreto Supremo Nº 003-2016-MIDIS, se aprobó la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad; en donde la primera disposición complementaria indica que para todos los efectos la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social "Incluir para Crecer", constituye la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2016-MIDIS se aprueban los Lineamientos para la Gestión Articulada Intersectorial e Intergubernamental orientados a promover el Desarrollo Infantil Temprano, denominados "Primero la Infancia", en el marco de la política de desarrollo e inclusión social, que prioriza siete resultados, como son nacimiento saludable, apego seguro, estado nutricional adecuado, comunicación verbal efectiva, camina solo, regulación de emociones y comportamiento y, función simbólica, que define el paquete integrado de servicios priorizados para las niñas y niños desde la gestación hasta los 5 años; Que, por Decreto Supremo Nº 003-2019-MIDIS, del 17 de julio de 2019 se aprobó la Estrategia de Gestión Territorial "Primero la Infancia" para la articulación de las Entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, en la promoción del Desarrollo Infantil Temprano; con el propósito de acelerar con carácter de prioridad, la implementación del paquete integral de servicios priorizados que contribuyen al desarrollo de las niñas y los niños desde la gestación hasta los cinco años; Que, según lo dispuesto en el segundo párrafo del subtitulo "A nivel nacional", del primer ítem, del numeral 4.2

del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 003-2019-MIDIS, señala, que los ministerios, organismos públicos, programa y proyectos del Poder Ejecutivo vinculados a los productos y servicios del paquete integrado, deben adoptar orientaciones técnicas y regulaciones sectoriales necesarias para la implementación efectiva en su respectivo ámbito de competencia; Que, con Resolución Ministerial Nº 246-2019-MIDIS se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de generar las condiciones necesarias para la implementación de la Estrategia de Gestión Territorial "Primero la Infancia"; que en su artículo 4, señala que la Secretaria Técnica recae en la Dirección General de Políticas y Estrategias; Que, el segundo párrafo del numeral 23.3 del artículo 23 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para al año Fiscal 2020, establece que mediante Resolución Ministerial el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público, aprueba las metas orientadas al incremento de la afiliación temprana de los niños y niñas a los programas, Juntos y Cuna Más, antes que cumplan noventa (90) días de edad, al uso de padrón nominado y al seguimiento nominal de los menores afiliados; Que, mediante la documentación de Vistos, se ha aprobado y elevado la propuesta de metas orientadas al incremento de la afiliación temprana de los niños y niñas del Programa Nacional Juntos y Programa Nacional Cuna Mas, antes que cumplan noventa (90) días de edad; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, modificado por Decreto Supremo N º 008-2017-MIDIS; y el articulo 28 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las metas para la afiliación temprana de niños y niñas menores de noventa (90) días, a los Programas Nacionales Cuna Más y de Apoyo Directo a los más Pobres (JUNTOS); uso de padrón nominado y seguimiento nominal, correspondientes a los años 2020 y 2021. Metas Definición del Indicador Dic 2020 Dic 2021

Programa Nacional Cuna Más a. Porcentaje de niños y niñas que reciben su primera visita de Acompañamiento Familiar en el mes (nuevos usuarios) cuya edad es menor 65,0% 70,0% a 90 días, del total de niños de cualquier edad que reciben su primera visita del mismo servicio b. Porcentaje del total del niños menores de 90 días en los distritos ámbito del Servicio de Acompañamiento Familiar (Cuna Más-SAF) que 16,7% 18,8% recibieron al menos una visita del Servicio de Acompañamiento Familiar Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres-JUNTOS a. Porcentaje de niños y niñas menores de 90 días de edad nacidos en hogares Juntos que 78,0% 80,0% cuentan con controles CRED de acuerdo a su edad

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