Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2020 (07/01/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

14
Definición del Indicador b. Porcentaje del total de nuevos hogares afiliados que cuentan con niños y niñas menores de 90 días en el periodo, respecto del total de nuevos hogares afiliados en el mismo periodo. Dic 2020

NORMAS LEGALES
Metas Dic 2021 60,0%

Martes 7 de enero de 2020 /

El Peruano

50,0%

Artículo 2.- La Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social será la encargada de realizar el seguimiento de los indicadores mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer de la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1843139-1

Aprueban compromisos, metas y medios de verificación para el financiamiento de las acciones para la identificación oportuna de menores de tres años de edad a cargo del RENIEC, en el marco de lo dispuesto en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 009-2020-MIDIS Lima, 6 de enero de 2020 VISTOS: El Informe N° 002-2020-EF/50.05, emitido por la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; el Memorando N° 002-2020-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Memorando N° 001-2020-MIDIS/ VMPES/DGFO e Informe N° 002-2020-MIDIS/VMPES/ DGFO, emitidos por la Dirección General de Focalización; el Informe N° 003-2020-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 009-2020-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, el Informe N° 001-2020-MIDIS/VMPES/DGFO-DDF, emitido por la Dirección de Diseño de Focalización de la Dirección General de Focalización; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, según lo dispuesto en el numeral 23.4 del artículo 23 del Decreto de Urgencia N° 14-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, establece la autorización para realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional, durante el Año Fiscal 2020, en favor del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), hasta por el monto de S/ 17 000 000,00 (Diecisiete millones y 00/100 soles), con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para el financiamiento de acciones para la identificación oportuna de menores de tres (3)

años de edad, previo cumplimiento de compromisos y metas que debe efectuar el RENIEC; Que, asimismo, la citada norma establece que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), con opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público, el MIDIS aprueba los compromisos y metas antes señaladas incluyendo los procedimientos de verificación de su cumplimiento. Dicha Resolución Ministerial se publica en el diario oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la publicación del presente Decreto de Urgencia. Las modificaciones presupuestarias autorizadas en el presente numeral se realizan hasta el primer trimestre del Año Fiscal 2020. Para ello, el MIDIS, sobre la información remitida por el RENIEC, debe enviar un informe al Ministerio de Economía y Finanzas en el que se validen las acciones realizadas por el RENIEC en el marco de lo establecido en el presente numeral y el monto correspondiente a ser transferido; Que, el artículo 59 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, señala que compete a la Dirección General de Focalización (DGFO) del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, conducir las acciones para determinar el proceso de focalización que permita identificar y gestionar a los potenciales usuarios de los programas sociales y/o subsidios del Estado que se ejecuten bajo criterios de focalización; asimismo, es el órgano encargado de diseñar, ejecutar y hacer seguimiento del Mecanismo de Intercambio de Información Social (MIIS), el cual comprende entre otras bases de datos, el Registro Nacional de Usuarios (RNU), el Registro de Programas Sociales (RPS) y el Padrón General de Hogares (PGH), los cuales se encuentran a su cargo; Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de la Dirección General de Focalización, en coordinación con el RENIEC, determinó las acciones y compromisos que dicha entidad deberá efectuar a fin de proceder a la transferencia de los recursos señalados en el numeral 23.4 del artículo 23 del Decreto de Urgencia N° 14-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, mediante el Informe N° 01-2020-MIDIS/ VMPES/DGFO-DDF, se establece los compromisos, metas y procedimiento de verificación del cumplimiento, elaborados en coordinación con los equipos técnicos del RENIEC, MIDIS y del MEF; Que, mediante Informe N° 002-2020-EF/50.05, la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, brinda opinión favorable a los compromisos, medios de verificación y metas que deberá cumplir el RENIEC; Que, mediante el Informe N° 003-2020-MIDIS/ SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización brinda opinión favorable a la propuesta de Resolución Ministerial; Que, mediante el Informe N° 010-2020-MIDIS/ SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica brinda opinión favorable a la propuesta de Resolución Ministerial; Con los visados del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Focalización, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 14-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la aprobación de los compromisos, metas y medios de verificación

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.