Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2020 (07/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 7 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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25650, aprobados con Resolución Ministerial Nº 4162014-EF/10; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones a el/la Viceministro/a de Gestión Ambiental. Delegar en el/la Viceministro/a de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2020, las siguientes facultades y atribuciones: a) Suscribir los Términos de Referencia del servicio y autorizar las contrataciones con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial, que se requieran en su Despacho y en los respectivos Órganos de Línea dependientes del mismo. b) Conformar Comités Especiales encargados de conducir los procesos de selección y evaluación de los responsables de los Programas y/o Proyectos a cargo del Viceministerio de Gestión Ambiental, producto de convenios suscritos con organismos internacionales u órganos de cooperación internacional. c) Designar a la persona encargada de la suscripción y resolución de los contratos de los responsables de los Programas y/o Proyectos a cargo del Viceministerio de Gestión Ambiental, en el marco de convenios suscritos con organismos internacionales u órganos de cooperación internacional. Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones a el/la Viceministro/a de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales. Delegar en el/la Viceministro/a de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2020, las siguientes facultades y atribuciones: a) Suscribir los Términos de Referencia del servicio y autorizar las contrataciones con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial, que se requieran en su Despacho y en los respectivos Órganos de Línea dependientes del mismo. b) Conformar Comités Especiales encargados de conducir los procesos de selección y evaluación de los responsables de los Programas y/o Proyectos a cargo del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, producto de convenios suscritos con organismos internacionales u órganos de cooperación internacional. c) Designar a la persona encargada de la suscripción y resolución de los contratos de los responsables de los Programas y/o Proyectos a cargo del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, en el marco de convenios suscritos con organismos internacionales u órganos de cooperación internacional. Artículo 3.- Delegación de facultades y atribuciones a el/la Secretario/a General. Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2020, las siguientes facultades y atribuciones: 3.1 Facultades en materia financiera, para lo siguiente: presupuestal y

como para los órganos dependientes de la Secretaría General, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco del Decreto Ley Nº 25650. b) Remitir la solicitud de pago de honorarios del personal altamente calificado del Ministerio del Ambiente, conforme a lo establecido en el numeral 6.2 de los Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley Nº 29806, aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 283-2012-EF-43 y su modificatoria. c) Remitir la solicitud de pago de honorarios de los profesionales contratados conforme a lo establecido en los Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco del Decreto Ley Nº 25650, aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 416-2014-E/10. 3.3 Facultades en materia administrativa, para lo siguiente: a) Aprobar las modificatorias del Plan Estratégico Institucional. b) Aprobar las modificatorias del Plan Operativo Institucional. 3.4 Facultades que se ejercen de conformidad a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, para lo siguiente: a) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección que convoque la Entidad y en los que el Ministerio del Ambiente actúe como entidad encargada derivado de convenios interinstitucionales de encargo o de convenios interinstitucionales de compras corporativas facultativas, conforme a lo dispuesto en la respectiva Ley de Contrataciones del Estado. b) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales de obras menores o iguales al quince por ciento (15%) de los contratos derivados de los procedimientos de selección. 3.5 Facultades en materia de Obras por Impuestos e inversión pública: a) Solicitar la Asistencia Técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN para el desarrollo de los procesos de selección o encargarle el desarrollo de los mismos. b) Suscribir, modificar y resolver los Convenios de asistencia técnica bajo la modalidad de asesoría o encargo de procesos de selección. c) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités Especiales de procesos de selección que vayan a ser convocados por el Ministerio del Ambiente, así como modificar su conformación. d) Solicitar la emisión de Informe Previo a la Contraloría General de la República, así como, presentar la subsanación y/o remitir la información complementaria o adicional requerida. e) Aprobar la decisión de llevar a cabo el proceso de selección. f) Aprobar las bases de los procesos de selección. g) Suscribir la Carta de Compromiso de Priorización de Recursos donde conste el compromiso del Ministerio del Ambiente de priorizar, bajo responsabilidad, en la fase de programación presupuestaria, los recursos necesarios para financiar el pago de los "Certificados de Inversión Pública Gobierno Nacional ­ Tesoro Público", en los años fiscales siguientes y por todo el período de ejecución del proyecto de inversión, así como su mantenimiento y/u operación, de ser el caso. h) Autorizar, la aprobación de importes que exceden hasta en diez por ciento (10%) el Monto Total de Inversión Referencial, cuando la propuesta económica lo exceda, a fin que se pueda adjudicar la buena pro de los procesos de selección convocados bajo el mecanismo de Obras por Impuestos. i) Comunicar, previa opinión técnica de las áreas competentes y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la relevancia o no de los proyectos de inversión, actualización del estudio de preinversión, de

a) Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. b) Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios, periódicos y anuales requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. 3.2 Facultades siguiente: de representación, para lo

a) Suscribir los Términos de Referencia y autorizar las contrataciones que se requiera para el Despacho Ministerial, previa conformidad del Jefe de Gabinete, así

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