Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2020 (15/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de enero de 2020 /

El Peruano

publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N°001-2009-JUS, resulta pertinente disponer su prepublicación conforme al procedimiento establecido; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias y el Decreto Supremo N°001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Ley N° 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior , sus Anexos y Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur) y en el portal electrónico de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (www.vuce.gob.pe), durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones serán remitidas al siguiente correo electrónico: vuce@mincetur.gob.pe. Artículo 2.- La Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior queda encargada de recibir, procesar, evaluar, y consolidar, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Ley N° 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, para posteriormente elaborar el texto definitivo del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1845780-1

espacios de coordinación públicos y privados para la gestión y desarrollo de la actividad turística y la protección y seguridad al turista en cuanto a lo que no fuera de competencia de los gobiernos regionales o locales; Que, mediante Ley N° 30753 se modificó los artículos 11, 12 y 24 de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, siendo necesario modificar su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR; Que, el artículo 14 del Reglamento que regula las disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, establece que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general, en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; Que, el proyecto de Decreto Supremo mediante el cual se propone modificar los artículos 7, 14, 15, 24 y 25 del Reglamento de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, constituye una norma de carácter general, razón por la cual resulta pertinente disponer su publicación conforme lo establecido en el Reglamento a que se hace referencia en el considerando anterior; y, De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, modificada por la Ley N° 30753; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 0012009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones son remitidas al correo electrónico: zcavero@mincetur.gob.pe. Artículo 2.- La Dirección General de Estrategia Turística es la encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, para posteriormente elaborar el texto definitivo del mismo. Regístrese, comuníquese, publíquese. EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1845781-1

Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, en el Portal Institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 10-2020-MINCETUR Lima, 14 de enero de 2020 Visto, los Memorándums Nos 1474-2019-MINCETUR/ VMT y 023-2020-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo señala que dicho Ministerio es el ente rector en materia de comercio exterior y turismo, y tiene entre sus funciones, dirigir, coordinar, elaborar y ejecutar los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo en materia de comercio exterior, integración, promoción de exportaciones, turismo y artesanía; Que, el numeral 5.11 del artículo 5 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo establece, que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en materia de turismo, entre otras, tiene la función de promover el fortalecimiento institucional en el sector turismo, fomentando los

CULTURA
Designan Director de Programa Sectorial III de la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial Lima,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 020-2020-MC Lima, 14 de enero de 2020

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