TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de enero de 2020 / El Peruano publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N°001-2009-JUS, resulta pertinente disponer su prepublicación conforme al procedimiento establecido; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias y el Decreto Supremo N°001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Ley N° 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior , sus Anexos y Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur) y en el portal electrónico de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (www.vuce.gob.pe), durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones serán remitidas al siguiente correo electrónico: vuce@mincetur.gob.pe. Artículo 2.- La Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior queda encargada de recibir, procesar, evaluar, y consolidar, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Ley N° 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, para posteriormente elaborar el texto de fi nitivo del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1845780-1 Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 10-2020-MINCETUR Lima, 14 de enero de 2020Visto, los Memorándums Nos 1474-2019-MINCETUR/ VMT y 023-2020-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo señala que dicho Ministerio es el ente rector en materia de comercio exterior y turismo, y tiene entre sus funciones, dirigir, coordinar, elaborar y ejecutar los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo en materia de comercio exterior, integración, promoción de exportaciones, turismo y artesanía; Que, el numeral 5.11 del artículo 5 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo establece, que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en materia de turismo, entre otras, tiene la función de promover el fortalecimiento institucional en el sector turismo, fomentando los espacios de coordinación públicos y privados para la gestión y desarrollo de la actividad turística y la protección y seguridad al turista en cuanto a lo que no fuera de competencia de los gobiernos regionales o locales; Que, mediante Ley N° 30753 se modi fi có los artículos 11, 12 y 24 de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, siendo necesario modi fi car su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR; Que, el artículo 14 del Reglamento que regula las disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, establece que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general, en el Diario O fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; Que, el proyecto de Decreto Supremo mediante el cual se propone modi fi car los artículos 7, 14, 15, 24 y 25 del Reglamento de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, constituye una norma de carácter general, razón por la cual resulta pertinente disponer su publicación conforme lo establecido en el Reglamento a que se hace referencia en el considerando anterior; y, De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias; la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, modi fi cada por la Ley N° 30753; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones son remitidas al correo electrónico: zcavero@mincetur.gob.pe. Artículo 2.- La Dirección General de Estrategia Turística es la encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, para posteriormente elaborar el texto de fi nitivo del mismo. Regístrese, comuníquese, publíquese. EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1845781-1 CUL TURA Designan Director de Programa Sectorial III de la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial Lima, RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 020-2020-MC Lima, 14 de enero de 2020