Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2020 (15/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de enero de 2020 /

El Peruano

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 1072016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, mediante Memorando N° D000505-2019/DGPC/ MC la Dirección General de Patrimonio Cultural hace suyo el Informe N° D000242-2019-DPI/MC emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial de fecha 22 de noviembre de 2019; el Informe N° D000289-2019-DGIA/ MC a través del cual la Dirección General de Industrias Culturales y Artes remitió el Informe N° D000811-2019-DIA/ MC de fecha 03 de diciembre de 2019, así como el Informe N° D000154-2019-DGDP/MC de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural se recomendó reconocer a la señora Wilma Maynas Inuma como "Personalidad Meritoria de la Cultura", en mérito a su labor en la difusión y promoción del patrimonio inmaterial y creación artística contemporánea al mantener vigentes las influencias y el uso de lo ancestral para aplicar las técnicas del arte shipibo konibo, favoreciendo la preservación, protección y difusión del kené como Patrimonio Cultural de la Nación; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva N° 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 1072016-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" a la señora Wilma Maynas Inuma, en reconocimiento a su labor en la difusión y promoción del patrimonio inmaterial y creación artística contemporánea al mantener vigentes las influencias y el uso de lo ancestral para aplicar las técnicas del arte shipibo konibo, favoreciendo la preservación, protección y difusión del kené como Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SONIA GUILLÉN ONEEGLIO Ministra de Cultura 1845711-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 025-2020-MC Lima, 14 de enero de 2020 VISTOS, el Memorando N° D001052-2019QHAPAQÑAN/MC de la Secretaría Técnica del Qhapaq Ñan, el Memorando N° D001288-2019-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, el Informe N° D000289-2019/DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, así como el Informe N° D000154-2019-DGDP/MC de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder

reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, mediante el artículo 58 del ROF se señala que la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble es la unidad orgánica que tiene a su cargo la ejecución de los aspectos técnicos y normativos de la gestión, conservación y protección del Patrimonio Arqueológico en el país y de la formulación y propuesta de políticas, planes, programas, proyectos, estrategias y normas, así como la ejecución y promoción de acciones de registro, investigación, conservación, presentación, puesta en valor y uso social, así como difusión del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante el artículo 71 del ROF se señala que la Dirección General de Defensa del Patrimonio es el órgano de línea que tiene a su cargo la protección, defensa, recuperación, repatriación, vigilancia y custodia de los bienes integrantes pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante el artículo 102 del ROF se establece que el Ministerio de Cultura tiene entre sus programas, proyectos y comisiones a la Comisión Nacional Qhapaq ­ Ñan que es la Comisión Nacional cuyas competencias, objetivos, funciones y organización se regulan de acuerdo a las normas de creación y demás complementarias respectivas; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene entre sus funciones emitir opinión técnica y recomendación en materia de su competencia, tales como, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 1072016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, mediante Memorando N° D001052-2019QHAPAQÑAN/MC de la Secretaría Técnica del Qhapaq Ñan, el Memorando N° D001288-2019-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y el Informe N° D000289-2019-DGIA/MC de fecha 06 de diciembre de 2019, mediante el cual la Dirección General de Industrias Culturales y Artes hizo suyo el Informe N° D000811-2019-DIA/MC emitido por la Dirección de Artes, así como el Informe N° D000154-2019-DGDP/MC de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural se recomendó reconocer al señor José Fernando Astete Victoria como "Personalidad Meritoria de la Cultura", en mérito a su labor en la gestión, protección, conservación, difusión y estudio de la ciudadela inca de Machu Picchu, logrando a través de su dedicación y desempeño a lo largo de su vida la promoción, la preservación y conocimiento del Santuario Histórico y Natural de Machu Picchu, Patrimonio Cultural de la Humanidad; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva N° 002-2016/MC, "Directiva

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