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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2020 (17/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 17 de enero de 2020 / El Peruano VISTOS: El Memorándum Nº 84-2020-MINEDU/VMGI- PRONIED-UGM y el Informe Nº 001-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM-YCFL de la Unidad Gerencial de Mantenimiento; el Memorándum Nº 5939-2019-MINEDU-VMGI-PRONIED-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 43-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, se crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma plani fi cada, articulada y regulada, en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa; a fi n de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, el literal a) del numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2020, autorizó al Ministerio de Educación, durante el año fi scal 2020, para fi nanciar el Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2020, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales escolares públicos, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la iniciativa rutas solidarias, el mejoramiento de los servicios sanitarios, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales para uso pedagógico y equipamiento menor, hasta por la suma de S/ 365 147 263,00 (TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), los que consideran hasta S/ 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 SOLES) para el mantenimiento de bicicletas entregadas en el marco de la Iniciativa Rutas Solidarias; Que, de acuerdo al numeral 36.2 del citado Decreto de Urgencia, los montos para los fi nes señalados en el numeral 36.1, son desembolsados de manera directa, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del director de la institución educativa pública, titular o encargado, bajo la modalidad de subvenciones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 009-2019-MINEDU se aprobó la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos” la cual tiene como objetivo establecer disposiciones generales sobre las responsabilidades, etapas y procesos transversales del Programa de Mantenimiento en locales educativos de las instituciones educativas públicas a nivel Nacional, así como, establecer disposiciones generales para la asignación y utilización de los recursos económicos del Programa de Mantenimiento en locales educativos de las instituciones educativas públicas a nivel Nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 014-2020-MINEDU se aprobó la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020”, que tiene por objeto establecer disposiciones especí fi cas sobre las etapas y criterios para la asignación y utilización de los recursos económicos del Programa de mantenimiento de locales educativos a nivel nacional para el año 2020, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la intervención rutas solidarias, el mejoramiento de los servicios sanitarios, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales para uso pedagógico y equipamiento menor, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019; Que, el inciso c) del sub numeral 6.1.1. – De fi nición de locales educativos bene fi ciarios – de la Sección 6 Etapas del Programa de Mantenimiento de la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020”, establece que “Listado de locales educativos bene fi ciarios del Programa de Mantenimiento de locales educativos 2020”, incluyendo los montos asignados para el mantenimiento preventivo y/o correctivo, será aprobado mediante Resolución Directoral Ejecutiva del PRONIED; Que, con O fi cio N° 9041-2019-MINEDU/VMGI- PRONIED de fecha 25 de noviembre de 2019, el PRONIED solicitó a la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar información relacionada a los criterios de asignación de recursos y el listado de locales educativos bene fi ciarios del mantenimiento de bicicletas entregadas en el marco de Rutas Solidarias para el Programa de Mantenimiento de locales educativos para el año 2020; Que, con O fi cio N° 640-2019-MINEDU/VMGI-DIGC la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar del MINEDU remitió a la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED el listado de locales educativo bene fi ciarios del mantenimiento de bicicletas entregadas en el marco de la intervención Rutas Solidarias incluyendo el monto a asignar a cada código de local educativo para el mantenimiento 2020, así como los criterios que sustentan la asignación de recursos por código de local educativo para el mantenimiento de bicicletas; Que, con O fi cio N° 9142-2019-MINEDU/VMGI- PRONIED de fecha 05 de diciembre de 2019, el PRONIED solicitó a la Dirección General de Infraestructura Educativa, opinión técnica sobre los criterios contemplados en la propuesta de Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020”. Adjuntó el Informe N° 043-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM-YCFL, en el cual concluye que para el Programa de Mantenimiento de locales educativos 2020 se tiene programada la atención a 54 453 locales educativos, de los cuales 5 263 recibirá también recursos para el mantenimiento de bicicletas entregadas en el marco de la intervención de rutas solidarias; Que, mediante O fi cio N° 3535-2019-MINEDU/VMGI- DIGEIE de fecha 18 de diciembre de 2019, la Dirección General de Infraestructura Educativa adjuntó el Informe N° 1005-2019-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN de fecha 18 de diciembre de 2019, en el cual concluyó no tener objeción sobre la aplicación de los criterios propuestos por la Unidad Gerencial de Mantenimiento, dado que los mismos no se oponen a los criterios de priorización del Plan Nacional de Infraestructura Educativa (PNIE) al 2025; Que, la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED con Memorándum Nº 84-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM, remite el Informe Nº 001-2020-MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGM-YCFL, mediante el cual solicita aprobación del “Listado de locales educativos bene fi ciarios del Programa de Mantenimiento de locales educativos para el año 2020”, precisando que el referido listado ha sido elaborado bajo el alcance de la Resolución Ministerial N° 009-2019-MINEDU, que aprobó la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos” y la Resolución Ministerial N° 014-2020-MINEDU, que aprobó la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020” y cuenta con disponibilidad presupuestal. Asimismo, a través de la documentación citada solicitó su aprobación mediante Resolución Directoral Ejecutiva; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del PRONIED con Memorándum Nº 5939-2019-MINEDU-VMGI-PRONIED-OPP otorgó disponibilidad presupuestal para la aprobación del “Listado de locales educativos bene fi ciarios del Programa de Mantenimiento de locales educativos para el año 2020”, y señaló que: “(…) el Decreto de Urgencia N° 014-2019 establece los citados recursos en el Programa Presupuestal 0090. Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular”, hasta por un importe de S/ 365 147 263, 00 (…). Por lo tanto, este despacho otorga Disponibilidad Presupuestal de hasta por la suma de S/. 365 147 263, 00 (Trescientos Sesenta y Cinco Millones Ciento Cuarenta y Siete Mil Doscientos Sesenta y Tres y 00/100 Soles)”;