Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2020 (22/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 22 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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comisionados deben presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los comisionados cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1847895-1

2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Zulema Antuane Calle Castro, Consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo, del 23 al 29 de febrero de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos (4 + 1) : US $ : US $ 1 649.05 2 700,00

Autorizan viaje de Consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos a Luxemburgo, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 032-2020-EF/43 Lima, 21 de enero de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico de fecha 24 de diciembre del 2019, the Global Forum on Transparency and Exchange of Information for Tax Purposes cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas para participar en el "34th Meeting of the Peer Review Group", que se llevará a cabo en la ciudad de Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo, del 25 al 28 de febrero de 2020; Que, en el mencionado evento el Estado peruano como miembro del Foro Global sobre Transparencia y el Intercambio de Informacion con Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) será evaluado respecto de la adopción de los estándares en materia de transparencia fiscal; y sobre el intercambio de información en materia tributaria; Que, la participación en la evaluación del Grupo de Pares es de gran importancia para el Estado peruano, pues constituye uno de los aspectos que debe cumplir todo miembro del Foro Global, a fin de demostrar que en nuestro país no sólo el marco jurídico se encuentra alineado a los estándares establecidos por el Foro Global, sino también que en la práctica, la autoridad tributaria viene cumpliendo con su efectividad; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación de la señora Zulema Antuane Calle Castro, Consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, en el citado evento, toda vez que la mencionada Dirección es la encargada de formular, proponer y evaluar los lineamientos de la Política Tributaria Internacional y medidas de perfeccionamiento de la tributación de personas no domiciliadas; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1847927-1

ENERGIA Y MINAS
Designan Secretaria Técnica del Fondo de Adelanto Social - FAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 018-2020-MINEM/DM Lima, 21 de enero de 2020 VISTOS: Los Informes N° 001-2019-MINEM-OGGS/VAOZ, N° 008-2019-MINEM-OGGS/VAOZ y el Memorándum N° 1990-2019/MINEM-OGGS de la Oficina General de Gestión Social; y, el Informe N° 037-2020-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1334 se crea el Fondo de Adelanto Social ­ FAS, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros con la finalidad de financiar programas, proyectos y/o actividades orientados a cerrar o reducir brechas sociales en espacios geográficos donde se desarrollarán diversas actividades económicas; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1334 señala que para el cumplimiento de sus fines, el FAS cuenta con un Consejo Directivo y una Secretaría Técnica, debiendo su Reglamento establecer los requisitos, composición, procedimientos y funciones para la implementación de la estructura, funcionamiento y operación del FAS; Que, mediante Decreto Supremo N° 146-2019-PCM se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1334, Decreto Legislativo que crea el FAS y determina los

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