Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2020 (22/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 22 de enero de 2020 /

El Peruano

criterios de priorización de zonas de intervención/atención social; estableciendo en su artículo 9 que el Ministerio de Energía y Minas ­ MINEM actúa como Secretaría Técnica del FAS, la misma que se encuentra a cargo de un(a) Secretario(a) Técnico(a) designado(a) por Resolución Ministerial del MINEM; Que, el artículo 10 del citado Reglamento, establece que el Secretario(a) Técnico(a) del FAS, requiere una experiencia no menor de cinco (5) años de ejercicio profesional contados desde la obtención del grado de bachiller, con experiencia acreditada en el sector público, con estudios de postgrado concluidos y/o especialización en gestión pública y/o gestión de inversiones y/o gestión social y/o programas públicos; Que, con Resolución Ministerial N° 051-2019-MEM/ DM se designó al señor José Luis Carbajal Briceño, Director General (e) de la Oficina General de Gestión Social del MINEM, como Secretario Técnico del FAS; Que, mediante documentos de vistos, la Oficina General de Gestión Social señala que resulta necesario designar a un Secretario(a) Técnico(a) a fin de operativizar los acuerdos del Consejo Directivo del FAS y continuar con la formulación de los instrumentos que permitan determinar las intervenciones del FAS; Que, estando a lo expuesto, corresponde designar al profesional que se desempeñará como Secretario(a) Técnico(a) del FAS, de acuerdo al perfil establecido en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1334, Decreto Legislativo que crea el FAS y determina los criterios de priorización de zonas de intervención/atención social, aprobado por Decreto Supremo N° 146-2019-PCM; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Legislativo N° 1334, Decreto Legislativo que crea el Fondo de Adelanto Social y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 146-2019-PCM; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señorita Iris Marleni Cárdenas Pino, Jefa de la Oficina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, como Secretaria Técnica del Fondo de Adelanto Social ­ FAS. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 051-2019-MEM/DM. Artículo 3.- Hacer de conocimiento de la Presidencia del Consejo Directivo del Fondo de Adelanto Social ­ FAS, el contenido de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1847704-1

RELACIONES EXTERIORES
Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2020-RE Lima, 21 de enero de 2020 VISTO: El informe (OAP) N° 004/2020, de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 14 de enero de 2020; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de oficio, mediante Resolución Suprema, la determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Oficina General de Recursos Humanos; Que, la Oficina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 004/2020, ha señalado que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Luis Néstor Pérez Sánchez Cerro, cumplirá el 26 de febrero de 2020, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091; y, De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Luis Néstor Pérez Sánchez Cerro, el 26 de febrero de 2020, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Luis Néstor Pérez

REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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