Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2020 (23/02/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

56

NORMAS LEGALES

Domingo 23 de febrero de 2020 /

El Peruano

futuras medidas de seguimiento con igual denominación, en tanto nuestros dos Gobiernos deseen proseguir el fomento de uno o varios de los proyectos en cuestión. Los compromisos de fomento del Gobierno de la República Federal de Alemania para medidas de seguimiento destinadas a uno o varios de los proyectos especificados en el párrafo 1 se establecerán mediante comunicado oficial entre nuestros dos Gobiernos, en los cuales se hará referencia expresa al presente Acuerdo. 11. Por lo demás se aplicarán también al presente Acuerdo las disposiciones del Convenio Básico de Cooperación Técnica del 6 de junio de 1974 entre los Gobiernos de la República Federal de Alemania y la República del Perú. 12. El presente Acuerdo se concierta en alemán y castellano, siendo ambos textos igualmente auténticos. En caso de que el Gobierno de la República del Perú se declare conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 12, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituirán un Acuerdo entre nuestros Gobiernos que entrará en vigor en la fecha de recepción de la Nota mediante la cual el Gobierno de la República del Perú comunique por vía diplomática al Gobierno de la República Federal de Alemania el cumplimiento de los requisitos internos necesarios para la entrada en vigor del presente Acuerdo. A tales efectos será determinante la fecha de recepción de la comunicación. Aprovecho la ocasión para reiterar a Vuestra Excelencia, Sr. Ministro, el testimonio de mi más alta y distinguida consideración." Además tengo el honor de confirmar, en nombre del Gobierno de la República del Perú, el entendimiento antes transcrito y acordar que la Nota de Vuestra Excelencia y la presente constituyan un acuerdo entre los dos Gobiernos, que entrará en vigor en la fecha de recepción

de la Nota mediante la cual el Gobierno de la República del Perú comunique por vía diplomática al Gobierno de la República Federal de Alemania el cumplimiento de los requisitos internos necesarios para la entrada en vigor del presente Acuerdo. A tales efectos será determinante la fecha de recepción de la comunicación. Aprovecho la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. Gustavo Meza-Cuadra Velásquez Ministro de Relaciones Exteriores 1857686-1

Entrada en vigencia del Acuerdo en el marco de la Iniciativa Internacional de Protección del Clima del Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad Nuclear entre la República del Perú y la República Federal de Alemania
Entrada en vigencia del Acuerdo en el marco de la iniciativa internacional de protección del clima del Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad Nuclear entre la República del Perú y la República Federal de Alemania, formalizado mediante nota verbal N° 0450/2019 del 17 de setiembre de 2019 de la Embajada de la República Federal de Alemania, y nota RE (DAE) N° 6-5/72 del 18 de noviembre de 2019 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, ratificado por Decreto Supremo N° 006-2020-RE del 11 de febrero de 2020. Entró en vigor el 12 de febrero de 2019. 1857688-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Gerente de Publicaciones Oficiales y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.