Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2020 (23/02/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 47
El Peruano / Domingo 23 de febrero de 2020
NORMAS LEGALES
INFRACTOR Representantes o personeros legales de las organizaciones políticas, candidatos promotores de consulta popular de revocatoria o autoridades sometidas a consulta popular que utilicen recursos particulares o propios. Representantes o personeros legales de las organizaciones políticas, candidatos promotores de consulta popular de revocatoria o autoridades sometidas a consulta popular que utilicen recursos particulares o propios. Representantes o personeros legales de las organizaciones políticas, candidatos promotores de consulta popular de revocatoria o autoridades sometidas a consulta popular que utilicen recursos particulares o propios. Representantes o personeros legales de las organizaciones políticas, candidatos promotores de consulta popular de revocatoria o autoridades sometidas a consulta popular que utilicen recursos particulares o propios. Representantes o personeros legales de las organizaciones políticas, candidatos, promotores de consulta popular de revocatoria o autoridades sometidas a consulta popular que utilicen recursos particulares o propios. Representantes o personeros legales de las organizaciones políticas, candidatos, promotores de consulta popular de revocatoria o autoridades sometidas a consulta popular que utilicen recursos particulares o propios. MULTA EN % UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA (UIT) VIGENTE MEDIDA PROVISIONAL
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MEDIDA COMPLEMENTARIA
CÓDIGO
INFRACCIÓN
03-3093
Instalar propaganda electoral al interior de una edificación sin cumplir las normas técnicas vigentes en materia de seguridad y no cumplir el Código Nacional de Electricidad Utilización, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 037-2006-MEM-DM y su modificatoria mediante la Resolución Ministerial Nº 1752008-MEM/DM.
100%
Retención, Retiro y/o Desinstalación
Retención, Retiro y/o Desinstalación
03-3094
Incumplir lo dispuesto en el Código Nacional de Electricidad Suministro, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 214-2011-MEMDM, sobre los anchos mínimos de la faja de servidumbre de las redes eléctricas, distancias indicadas en la Tabla 219 del citado código.
100%
Retención, Retiro y/o Desinstalación
Retención, Retiro y/o Desinstalación
03-3095
Incumplir lo dispuesto en el Código Nacional de Electricidad Suministro, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 214-2011-MEM-DM, sobre las distancias mínimas de seguridad respecto a los alambres, conductores, cables, postes, estructuras y partes rígidas con tensión, distancias indicadas en la Tabla 234-1 del citado código. Incumplir lo dispuesto en el Código Nacional de Electricidad Suministro, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 214-2011-MEMDM, sobre no colocar, adosar, colgar o pegar letreros, carteles, anuncios y otros accesorios en las estructuras de soporte de las redes eléctricas, conforme a lo dispuesto en el numeral 217.A.4. del mencionado código
100%
Retención, Retiro y/o Desinstalación
Retención, Retiro y/o Desinstalación
03-3096
100%
Retención, Retiro y/o Desinstalación
Retención, Retiro y/o Desinstalación
03-3097
Utilizar los muros de predios públicos y privados para realizar pintas, fijar o pegar carteles, sin contar con autorización previa; o sin efectuar el procedimiento de comunicación a la municipalidad.
100%
Retención, Retiro y/o Desinstalación
Retención, Retiro y/o Desinstalación
03-3098
Difundir, fuera del horario comprendido entre las 08:00 y las 20:00 horas, propaganda a través de altoparlantes instalados en locales partidarios o en vehículos; o difundirla, fuera o dentro del horario permitido, en una intensidad mayor a la prevista.
100%
Retención, Retiro y/o Desinstalación
Retención, Retiro y/o Desinstalación
03-3099
Representantes o personeros legales de las organizaciones políticas, candidatos, promotores de consulta popular Realizar propaganda electoral sonora en áreas de revocatoria o autoridades no permitidas. sometidas a consulta popular que utilicen recursos particulares o propios. Representantes o personeros legales de las organizaciones No retirar o borrar cada una de las propagandas políticas, candidatos promotores electorales, dentro del plazo de treinta (30) días de consulta popular de calendario, desde la conclusión del periodo revocatoria o autoridades electoral. sometidas a consulta popular que utilicen recursos particulares o propios.
100%
Retención, Retiro y/o Desinstalación
Retención, Retiro y/o Desinstalación
03-4000
100%
Retención, Retiro y/o Desinstalación
Decomiso, Retiro y/o Desinstalación


