Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2020 (26/02/2020)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de febrero de 2020 /

El Peruano

legal favorable por parte de la Oficina de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 015-2020-MDC/GAJ. Estando a los considerandos precedentes y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente aprobó por UNANIMIDAD, lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA PARA EL AÑO FISCAL 2021 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2021, en el Distrito de Cieneguilla, que consta de Siete Capítulos, Cuarenta y Tres artículos, Cuatro Disposiciones Complementarias y Finales y un Anexo que son parte integrante de la presente Ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la Página Web de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Artículo Segundo.- CONVOCAR, a la Sociedad Civil Organizada y a las Instituciones Públicas y Privadas del Distrito de Cieneguilla, a participar del Proceso del Presupuesto Participativo 2021. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto y demás unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, bajo responsabilidad funcional, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO, cualquier otra disposición que se oponga al cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla la publicación de la presente ordenanza municipal en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDWIN SUBILETI ARECHE Alcalde 1858916-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Encargan funciones de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 041-2020-MDL Lince, 18 de febrero de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: El Informe Nº095-2020-MDL-GAF/SGRH, de fecha 18 de febrero de 2020, Subgerencia de Recursos Humanos y el Informe Nº 059-2020-MDL-GSAT-SEC, de fecha 13 de febrero de 2020, procedente de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, sobre encargatura de las funciones de Ejecutor Coactivo, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno. administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 6º de la Ley Nº 27972, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, con Informe Nº 095-2020-MDL-GAF/SGRH, la Subgerencia de Recursos Humanos, refiere que, la Abog. MARÍA ROXANA HONORES NIERI, se debe encargar el puesto de Ejecutor Coactivo; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 20º, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR, a partir del 19 de febrero del año en curso, las funciones de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, a la Abog. MARÍA ROXANA HONORES NIERI. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, a partir del 19 de febrero del año en curso, la Resolución de Alcaldía Nº 009-2020-MDL, de fecha 17 de enero de 2020. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Subgerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comunfquese y cúmplase. VICENTE AMABLE ESCALANTE Alcalde 1858343-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 000407-2020-MDI Mediante Oficio Nº 000010-2020-GSG-MDI, la Municipalidad de Independencia solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N° 000407-2020-MDI, publicada en la edición del día 18 de febrero de 2020. En la página 41 DICE: (...) "Artículo 23.- De las prohibiciones (...) c. Abarrotar el módulo de mercadería, sombrilla, cajas u otros, ocupando indebidamente el espacio público circundante," DEBE DECIR: (...) "Artículo 23.- De las prohibiciones (...) c. Abarrotar el módulo de mercadería, cajas u otros, ocupando indebidamente el espacio público circundante," 1858944-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Designan funcionario responsable de la implementación del Libro de Reclamaciones
(Se publica la presente Resolución de Alcaldía a solicitud de la Municipalidad de San Martín de Porres, mediante Oficio N° 032-2020-SG/MDSMP, recibido el 25 de febrero de 2020) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 051-2019/MDSMP San Martín de Porres, 2 de enero de 2019

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